Plan Eco Vivienda: Programa 1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio

Características generales del programa

Objeto

Este programa tiene por objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.

Requisitos de los ERRP

La concesión de subvenciones con cargo a este programa requerirá que el ERRP cumpla los siguientes requisitos:

  • Estar delimitado territorialmente por acuerdo de la administración autonómica o local correspondiente.

  • Al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante dentro del ERRP deberá tener como uso principal el residencial para vivienda.

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables con cargo a este programa son:

  • Actuaciones de mejora o rehabilitación en las que se obtenga:
    • Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos el 30% y reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos 35% en zonas climáticas D y E y 25% en zona climática C.
    • No exigible en edificios protegidos.
    • Posibilidad de considerar actuaciones realizadas en los últimos 4 años.
  • Actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico complementarias.
  • Prestación de servicios de oficina de rehabilitación, tipo «ventanilla única» que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas.
  • Costes de gestión, honorarios profesionales, gastos de tramitación administrativa, etc.
  • No subvencionables los costes de licencias, tasas, impuestos y tributos, salvo el IVA, cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Requisitos para la obtención de subvenciones

De las personas y entidades beneficiarias:

  • Comunidades de propietarios: Contar con acuerdo aprobando la actuación en el que conste compromisos de ejecución y subvención asumidos por cada miembro.
  • Personas jurídicas: Estar debidamente constituidas según normativa de aplicación.
  • Entidades sin personalidad jurídica: Representante con poderes bastantes y hacer constar compromisos de ejecución y subvención asumidos por cada miembro. 

De los edificios:

  • Encontrarse dentro de un ámbito de actuación ERRP.

  • Al menos el 50% de la superficie construida con uso residencial de vivienda.

De las actuaciones:

  • Disponer de proyecto o, en su caso, memoria justificativa que deberán incluir el libro del edificio existente para la rehabilitación o documentación equivalente.
  • El proyecto deberá incluir un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (RD 105/2008).
  • Los diseños y técnicas apoyarán la circularidad permitiendo la reutilización y reciclaje
  • Retirada de los productos que contengan amianto.

Importe de las subvenciones

a. Actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso residencial para vivienda

Ahorro energético conseguido con la actuación Porcentaje máximo de la subvención Vivienda Locales comerciales u otros usos
Cuantía máxima por vivienda Cuantía máxima de la subvención por m2
30% ≤ ΔCep,nren < 45% 40% 8.100 € 72 €
45% ≤ ΔCep,nren < 60% 65% 14.500 € 130 €
ΔCep,nren ≥ 60% 80% 21.400 € 192 €
  • Cuantía adicional por retirada de amianto: 100% del coste de la retirada hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio, el que resulte superior.
  • Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el ERRP, se podrá conceder una ayuda adicional hasta alcanzar el 100% del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usufructuario, de acuerdo con los criterios de vulnerabilidad aprobados por el Acuerdo de la Comisión Bilateral de 26 de septiembre de 2022.
Ahorro energético conseguido con la actuación Cuantía máxima de la ayuda por vivienda en situación de vulnerabilidad
30% ≤ ΔCep,nren < 45% 20.250 €
45% ≤ ΔCep,nren < 60% 22.308 €
ΔCep,nren ≥ 60% 26.750 €

b. Actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico complementarias.

Podrá destinarse hasta un 15 % adicional sobre las cuantías máximas de la ayuda por vivienda, atendiendo al alcance del nivel de mejora de eficiencia energética.

c. Prestación de servicios de oficina de rehabilitación.

Hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada.

Selección de propuestas de actuaciones

Con la finalidad de racionalizar la gestión de las propuestas de actuaciones que los ayuntamientos y demás entidades públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía puedan realizar en el marco del Programa 1, la Consejería ha publicado la Orden de 8 de marzo de 2022, por la que se establecen los criterios objetivos y calificación a aplicar para su evaluación en el marco de los Programas 1 y 6 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOJA Núm. 49 de 14 de marzo).

Se ponen a disposición, a modo de ejemplo, las fichas que se cumplimentarán para la presentación de las respectivas propuestas de actuaciones por los Ayuntamientos y demás entidades públicas (descargar ficha).

La presentación se realizará a través de la presentación electrónica general.

Tramitación de propuestas de actuaciones

Requerimiento de subsanación

Con fecha 21 de junio 2022 se publica la relación de propuestas de actuaciones admitidas y requerimiento de subsanación con indicación de las causas de subsanación, en su caso, del Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan Eco Vivienda - Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El plazo para subsanar será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este requerimiento en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

La presentación de las subsanaciones se realizará, al igual que la solicitud, a través de la Presentación Electrónica General.

Relación definitiva de actuaciones admitidas y desistidas

Con fecha 29 de julio de 2022 se publica la relación definitiva de propuestas de actuaciones admitidas y desistidas por falta de subsanación en tiempo y forma del requerimiento de subsanación, del Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan Eco Vivienda - Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con fecha 30 de mayo de 2023 se publica la relación complementaria de propuestas de actuaciones admitidas presentadas con posterioridad al plazo establecido en el dispositivo quinto de la Orden de 8 de marzo de 2022.

Relación provisional de propuestas de actuaciones seleccionadas

Con fecha 16 de noviembre de 2022 se publica la relación provisional de propuestas de actuaciones que se pretenden financiar, suplentes y no seleccionables del Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan Eco Vivienda - Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con fecha 26 de julio de 2023 se publica la relación provisional complementaria a la aprobada mediante resolución de 8 de marzo de 2023 de actuaciones que se pretenden financiar con cargo al Programa 1.

Las propuestas de actuación presentadas, en primera y segunda fase, se han examinado evaluando el grado de cumplimiento de los criterios objetivos establecidos en la Orden de 8 de marzo de 2022, otorgándoles la calificación correspondiente que figura para la primera fase en el Informe del grado de cumplimiento de los criterios objetivos y calificación del 14 de noviembre de 2022 y para la segunda fase en el Informe del grado de cumplimiento de los criterios objetivos y calificación del 24 de julio de 2023.

Los Ayuntamientos y entidades públicas proponentes de las propuestas de actuaciones incluidas en la relación provisional complementaria publicada con fecha 26 de julio de 2023 deberán presentar, hasta el 25 de septiembre de 2023, la documentación establecida en el artículo 12.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, a través de la Presentación Electrónica General.

Relación definitiva de propuestas de actuaciones seleccionadas

Con fecha 8 de marzo de 2023 se publica la resolución que aprueba la relación definitiva de actuaciones que se pretenden financiar con cargo al Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan Eco Vivienda - Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

Con fecha 22 de diciembre de 2023 se publica la resolución que aprueba la relación definitiva complementaria de actuaciones que se pretenden financiar con cargo al Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan Eco Vivienda - Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP)  delimitados con Acuerdo de Financiación suscrito

De acuerdo a lo dispuesto en el art. 12 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a continuación se identifican los ERRP delimitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, junto con los correspondientes acuerdos suscritos en las comisiones bilaterales de seguimiento. 

"Entorno Plaza de Andalucía" - Roquetas de Mar (Almería)

"Los Pintores" - Almería

"Zapillo" - Almería

"ICOVESA ERRP" - Jerez de la Frontera (Cádiz)

"Santo Tomás de Aquino Norte" - Jerez de la Frontera (Cádiz)

"Simón Susarte" - San Roque (Cádiz)

"Villa Victoria -  Puente Mayorga Colonia 40/46" - San Roque (Cádiz)

"San José Artesano" - Algeciras (Cádiz)

"Parque Figueroa Fase 1" - Córdoba

"Parque Figueroa Fase 2" - Córdoba

"La Chana" - Granada

"Santa Adela" - Granada

"El Rocío/Jesús del Gran Poder" - Isla Cristina (Huelva)

"Polígono del Valle" - Jaén

"Las Protegidas" - Jaén

"Plaza de San Rafael" - Jamilena (Jaén)

"San Andrés ERRP 2" - Málaga

"Palma Palmilla" - Málaga

"Pajaritos" - Sevilla

"Nazaret - Pajaritos - C/ Cigüeña" - Sevilla

"Santa Isabel" - San Juan de Aznalfarache (Sevilla)

"El Pantano" - Morón de la Frontera (Sevilla)

"San Carlos Borromeo" - Utrera (Sevilla)

Normativa

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha publicado la Orden de 26 de marzo de 2024 (BOJA nº 63 de 2 de abril de 2024) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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