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Consejo de Gobierno

Sesión del 30/03/2021

El Consejo de Gobierno declara a Lanjarón como nuevo Municipio Turístico de Andalucía

La localidad de la Alpujarra granadina acredita infraestructura y oferta suficientes para satisfacer las necesidades de visitantes

Andalucía, 30/03/2021
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El Consejo de Gobierno ha aprobado la declaración de Lanjarón (Granada) como nuevo Municipio Turístico de Andalucía. La localidad, ubicada en el Parque Natural y Nacional de Sierra Nevada, cuenta con numerosos recursos turísticos naturales y patrimoniales, entre los que destaca sus diversas lagunas y senderos, así como el Castillo de Lanjarón, declarado Bien de Interés Cultural el 22 de junio de 1993.

Entre sus atractivos también resaltan la iglesia de la Encarnación y el Balneario, como destino único de ‘Turismo de Salud y Belleza’, por las aguas mineromedicinales de sus manantiales y su ubicación privilegiada en la Alpujarra granadina. El municipio dispone además de catorce establecimientos hoteleros de diversas categorías, junto con dos complejos de apartamentos turísticos, así como de tres casas rurales.

Cumplimiento de los requisitos

La documentación presentada por la localidad acredita el cumplimiento de los requisitos para la citada catalogación. Así, Lanjarón supera la exigencia de población turística asistida, en su modalidad de visitas turísticas, habiendo sido el número de las mismas en el último año sujeto a valoración (2019) cinco veces superior al de la población de derecho, repartida en más de treinta días al año.

Igualmente, presenta un número de pernoctaciones diarias en media anual de 523 en el año 2019, 557 en el año 2018, 503 en el año 2.017 y 416 en el año 2.016, según datos de la Empresa pública para la gestión del turismo y del deporte de Andalucía, cifra que supera al ocho por ciento de la vecindad del municipio en los últimos cuatro años.

Asimismo, cuenta una oferta e infraestructura turística suficiente para poder satisfacer las necesidades de la población turística asistida.

Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, el municipio de Lanjarón acredita cumplir los siguientes criterios de valoración:

- Servicios públicos básicos que, según lo previsto en la normativa básica estatal sobre Régimen Local, preste el municipio respecto a la vecindad y a la población turística asistida, cuyo refuerzo se precise para satisfacer sus necesidades.

- Servicios específicos prestados por el municipio que tengan una especial relevancia para el turismo, tales como salud pública, medio ambiente urbano, transporte colectivo urbano, protección civil y seguridad ciudadana y que asimismo cumplan con los parámetros de sostenibilidad ambiental, social y económica.

- Disponer de planes de accesibilidad para la supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de transporte, así como otras actuaciones municipales, con incidencia en la actividad turística, orientadas a la accesibilidad universal.

- Inversiones previstas en el presupuesto municipal para la promoción e infraestructuras turísticas.

- Existencia de oficinas de turismo accesibles convenientemente señalizadas y equipadas.

- Existencia de recursos turísticos en el término municipal, declarados de interés turístico o de interés cultural.

- Plazas de alojamiento inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.

- Adopción de medidas de defensa y restauración del patrimonio cultural y urbano.

- Adopción de medidas tendentes a corregir las desigualdades entre mujeres y hombres, así como las adoptadas en materia de violencia de género, con incidencia en la actividad turística.

- Ubicación del término municipal, total o parcialmente, en alguno de los espacios naturales protegidos de Andalucía o sus Áreas de Influencia Socioeconómica.

- Adopción de medidas de protección y recuperación del entorno natural y del paisaje.

- Existencia de un planeamiento urbanístico que contemple las dotaciones de espacios libres y otras que cumplan las reservas mínimas previstas por la legislación urbanística, justificándose su incidencia sobre la población turística asistida.

- Actuaciones para potenciar la movilidad sostenible no motorizada o la motorizada basada en energías alternativas.

- Distintivos y certificaciones de calidad de los recursos y servicios turísticos que tenga el municipio.

Municipio Turístico en el ámbito de Andalucía

La figura del Municipio Turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía se encuentra regulada en los artículos 19 y 20 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía. Se considera Municipio Turístico, y como tal podrá solicitar su declaración, aquel que cumpla los requisitos reglamentariamente establecidos y entre los cuales figuran la población turística asistida, y la oferta turística, así como un plan municipal de calidad turística que contemple las medidas de mejora de los servicios y prestaciones.

La finalidad de la declaración de Municipio Turístico no es otra que promover la calidad en la prestación de los servicios municipales al conjunto de la población turística asistida mediante una acción concertada de fomento.