Trámites asociados a Convocatorias de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F (con Registro de Requisitos y Méritos)

empleo.jpg¿QUIÉN puede participar en la Convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F?

Las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Ser mayor de edad.
e) Además existen unos requisitos específicos que se detallan en el Anexo I de cada convocatoria, que deberán reunir las personas interesadas en concurrir al proceso selectivo, las cuales guardarán relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato.
 

¿CUÁNDO presentar las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 00:00 horas del primer día y finalizando a las 24:00 horas del último día. A estos efectos y de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles.
 

¿CÓMO presentar las solicitudes?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo único punto 3 del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, las solicitudes se presentarán única y exclusivamente de forma telemática, preferentemente en la Ventanilla Electrónica; siguiendo el procedimiento (Cod Prod: 25734) del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.

Importante:

- Para presentar la solicitud, junto la documentación acreditativa y justificativa requerida, es imprescindible disponer de certificado digital.
- Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud y la documentación que acompaña.
- La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos supondrá la exclusión de la persona solicitante.
- Todos los requisitos exigidos y los méritos alegados deberán poseerse al último día del plazo de presentación de solicitudes.

PASO 1: Registro de documentación acreditativa o justificativa.

Para el registro de la documentación acreditativa de los requisitos específicos (Anexo I) y la generación del autobaremo de méritos conforme al Anexo II de la convocatoria, la persona solicitante deberá acceder a la aplicación de Registro de Requisitos y Méritos (en adelante REME).

Acceso a la aplicación REMEEsta aplicación permite dar de alta todos los méritos y requisitos específicos, manteniendo su información actualizada. Igualmente, podrá gestionar la información necesaria para presentarse a distintas convocatorias, incluido el autobaremo concreto que esté relacionado con el programa o proyecto de I+D+F propio del contrato objeto de la convocatoria:

  • Titulación o titulaciones académicas; o certificación acreditativa de tener abonados los derechos del título exigido (con constancia expresa del título abonado), expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente. Así como cualquier requisito específico de Experiencia, Formación u Otros reflejados en el Anexo I de la resolución.
  • Autobaremo de méritos conforme a lo detallado en el Anexo II y documentos justificativos de los méritos según lo dispuesto en el Anexo III de la resolución.

Para acceder a la aplicación REME es imprescindible disponer de certificado digital. Lea atentamente el siguiente Manual de Ayuda antes de comenzar a usar la aplicación. [http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa/reme]

PASO 2: Presentación de solicitud en la Ventanilla Electrónica IFAPA.

acceso a ventanilla electrónicaLa cumplimentación del formulario de solicitud, su firma digital y presentación se realizará mediante tramitación telemática [https://ws227.juntadeandalucia.es/vea-web/accesoDirectoGrupo/VEA/25734].

Igualmente, a través de la ventanilla electrónica, se adjuntará el documento obtenido en el Registro de Requisitos y Méritos (REME); y podrá adjuntar copia autenticada del DNI/NIE del solicitante para la acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española, o bien en caso de que siendo española, la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad.

 


¿CÓMO es el proceso selectivo?

FASE 1: Lista provisional de personas candidatas, suplentes y excluidas.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección se reunirá al objeto de valorar los méritos de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II de la convocatoria. Valorados los méritos, la Presidencia del IFAPA emitirá resolución con expresión de la persona candidata propuesta provisional y suplentes junto con la puntuación otorgada en la baremación, así como de las personas excluidas en el proceso de selección.

La resolución y lista provisional de candidatos, suplentes y excluidos se publicará en en el apartado “Empleo Público” de este portal y en ella se otorgará un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación para formular cuantas alegaciones se estimen pertinentes o, en su caso, para alegar contra la causa de exclusión pudiendo subsanar el defecto que haya motivado la misma.

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la no inclusión en dichos listados, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

El proceso de subsanación/alegación seguirá los mismos pasos, anteriormente indicados.

  • Paso 1: Registro de nueva documentación acreditativa o justificativa a través de REME y generación del nuevo pdf de cálculo de autobaremación.  
  • Paso 2: Cumplimentación del formulario de subsanación/alegación, su firma digital y presentación a través de Ventanilla Electrónica. Igualmente se adjuntará el nuevo documento obtenido en el Registro de Requisitos y Méritos (REME).

FASE 2: Lista definitiva de personas candidatas, suplentes y excluidas.

Transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones, la Comisión de Selección se reunirá para analizarlas, tras lo cual, la Presidencia del IFAPA emitirá resolución con indicación de la persona candidata definitiva, las personas suplentes y las personas excluidas.

La resolución y lista definitiva de candidatos, suplentes y excluidos se publicará en en el apartado “Empleo Público” de este portal y pondrá fin al procedimiento de selección, pudiéndose interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del IFAPA, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación.

El Servicio de Recursos Humanos del IFAPA contactará con la persona que haya resultado candidata al objeto de solicitarle la documentación necesaria para la formalización del contrato e indicarle la fecha de incorporación.



¿CUÁLES son las condiciones del contrato?

Con la persona que resulte seleccionada se formalizará un contrato de duración determinada de conformidad con lo establecido en la disposición adicional quinta del Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, ajustando su actividad a las funciones y tareas de propias del proyecto o actividad de I+D+F.
 
El personal contratado percibirá las retribuciones establecidas en la Resolución de la Presidencia del IFAPA correspondiente para el personal técnico e investigador y que tiene su fundamento en el artículo 15.2 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del IFAPA. La duración del contrato será la establecida en Anexo I de la Resolución de convocatoria.

 


Contacto:

Para cualquier consulta relacionada con el procedimiento de la convocatoria pueden contactar a través de la cuenta de correo:  contacta.ifapa@juntadeandalucia.es

 Otros enlaces de interés.


Atención: No puede garantizarse que la información que se muestra a continuación, disponible en línea, reproduzca exactamente un texto adoptado oficialmente. Solo se considera auténtico y surte efecto jurídico lo contenido en versión oficial y auténtica a su disposición desde la sede electrónica del BOJA. [Avisos legales]