Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 28/07/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 19 de julio de 2022, por la que se convocan para el período 2022-2023 las ayudas dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos a través de la celebración de certámenes agroganaderos y agrícolas relacionados con el olivar, previstas en la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 1.2).

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BDNS (Identif): 640116.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17  de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el período 2022-2023 la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, en la cuantía máxima de 1.100.000,00 euros.

Las subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea, que participa en un 90% a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Por su parte, la Administración de la Junta de Andalucía lo hace en un 10%, estando la concesión de estas subvenciones condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes.

Las partidas presupuestarias a las que se imputarán las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las ayudas, será la siguiente:

- Transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos a través de la celebración de certámenes agroganaderos en Andalucía (operación 1.2.3).

MEDIDA Partida presupuestaria 2023 2024
C12A0123G1 1300110000G/71B/78202/00C12A0123G1 2016000424 50.000,00 400.000,00
C12A0123G1 1300110000G/71B/76000/00C12A0123G1 2016000755 50.000,00 400.000,00
Total fondo                 900.000,00 euros

- Transferencia de conocimientos e información a agricultores a través de la celebración de certámenes agrícolas relacionados con el olivar en Andalucía (operación 1.2.1).

MEDIDA Partida presupuestaria 2023 2024
C12A0121GO 1300110000G/71B/78202/00 C12A0121GO 2016000421 50.000,00 50.000,00
C12A0121GO 1300110000G/71B/76000/00 C12A0121GO 2016000756 50.000,00 50.000,00
Total fondo                 200.000,00 euros

Segundo. Personas beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias de estas lineas de ayuda:

- Los Ayuntamientos y Entidades Locales andaluzas que puedan prestar el servicio de transferencia de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecidos en las bases reguladoras.

- Entidades sin ánimo de lucro que puedan prestar el servicio de transferencia de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecido en las bases reguladoras.

Para la operación 1.2.3 (actuación certámenes agroganaderos), los destinatarios finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector agrario, alimentario y forestal a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales.

Para la operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas de olivar), los destinatarios finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector del olivar a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales de los territorios de olivar.

Tercero. Objeto.

Fomento de actuaciones que redundan en la transferencia de conocimientos e información relevantes para el sector agrario a través de la celebración de certámenes agroganaderos de forma general y específicamente en el sector del olivar.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 1.2) (BOJA número 87, de 10 de mayo de 2016), modificada mediante la Orden de 31 de julio de 2017 (BOJA número 150, de 7 de agosto de 2017), y por la Orden de 3 de octubre de 2019 (BOJA número 196, de 10 de octubre de 2019).

Quinto. Cuantía.

El importe total de la presente convocatoria para cada tipo de operación 1.2.3 (actuación certámenes agroganaderos) y operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas de olivar) se establece en el apartado primero del presente extracto. Cada entidad podrá ser beneficiaria de ayuda para 3 certámenes al año. La cuantía de la subvención se determinará a partir del número de expositores de medios de producción agrarios y las jornadas que se realicen en el mismo. Se diferencian los siguientes tipos de certámenes siendo su cuantía máxima:

1. Certamen ganadero tipo A. Cuantía máxima: 7.500,00 euros.

2. Certamen ganadero tipo B. Cuantía máxima: 20.000,00 euros.

3. Certamen ganadero tipo C. Cuantía máxima: 48.000,00 euros.

4. Certamen agrícola tipo A. Cuantía máxima: 7.500,00 euros.

5. Certamen agrícola tipo B. Cuantía máxima: 20.000,00 euros.

6. Certamen agrícola tipo C. Cuantía máxima: 40.000,00 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18114.html

Sevilla, 21 de julio de 2022.- Ana María Corredera Quintana, Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Por delegación de firma de la Consejera, Orden de 28.5.2019 (BOJA número 106, de 5.6.2019).

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