Page 26 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
            Comunidad Autónoma de Andalucía
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            MEMORIA DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO



                     Respecto del resto de capítulos se ha mantenido el criterio de la antigüedad como en
                     ejercicios anteriores con los siguientes porcentajes:
















                     No obstante lo anterior, se consideran no susceptibles de deterioro los derechos
                     presupuestarios correspondientes a los artículos presupuestarios 49 “Del exterior”, 79 “Del
                     exterior”, 90 “Emisión de deuda pública”, 92 “Préstamos recibidos” y 93 “Depósitos y fianzas
                     recibidos”.

                     Las fianzas y depósitos constituidos se valoran por el importe entregado.
                     La entidad dará de baja en cuentas un activo financiero o una parte del mismo sólo
                     cuando hayan expirado o se hayan transmitido los derechos sobre los flujos de efectivo que
                     el activo genera, siempre que, en este último caso, se hayan transferido de forma
                     sustancial los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo financiero.

                     Pasivos financieros: Con carácter general, los pasivos financieros se valoran a su coste. Para
                     la aplicación del criterio de valoración del coste amortizado, y en tanto no se disponga de
                     sistemas que posibiliten la identificación e imputación con criterios financieros de los
                     gastos de formalización de las deudas, éstos, atendiendo al principio de prudencia, se
                     consideran gastos del ejercicio en el que se formaliza la operación de endeudamiento
                     Las partidas a pagar a corto plazo se valoran por su valor nominal, y las fianzas y depósitos
                     por el importe recibido.

                     La entidad dará de baja un pasivo financiero cuando se haya extinguido, esto es, cuando la
                     obligación que dio origen a dicho pasivo se haya cumplido o cancelado.



                 g) Coberturas contables: Contablemente no se considera ningún instrumento financiero
                     designado como instrumentos de cobertura.



                 h) Existencias: De existir estas inversiones, se valorarán al cierre del ejercicio según el método
                     del coste medio ponderado.



                 i)  Activos construidos o adquiridos para otras entidades: Se entienden por tales, aquellos
                     bienes construidos o adquiridos por una entidad gestora, con base en el correspondiente
                     contrato, convenio o acuerdo, con el objeto de que una vez finalizado el proceso de
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