Guía ciudadana para el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental en Andalucía - page 62

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GuÍa ciudadana para el ejercicio del derecho de
acceso a la información ambiental en AndalucÍa
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¿Se tiene derecho a que se digitalice la infor-
maciónsiéstaseencuentraen formatopapel?.
Las autoridades deben “procurar” facilitar la
información por medios electrónicos, pero no
existe una obligación legal exigible en todo
caso. Cuestión distinta, naturalmente, es que
se trate de un procedimiento electrónico, en
cuyo casosí existiráel deber deproporcionar la
informaciónendicho formatopuesse reconoce
el derecho a la conservación en formato
electrónico por las Administraciones Públicas
de los documentos electrónicos que formen
partedeunexpediente.
¾
¿Se tiene derecho a que un documento que
se encuentra en formato propietario sea
transformado a un formato libre?.
Si se trata
de un documento generado por la autoridad
públicaysi laconversiónde formatoes factible
medianteunaaplicacióndeuso común, queno
requiera de un especial tratamiento, debería
primar el derecho del ciudadano a elegir el
formato.
Con todo existe una obligación sobre las Adminis-
traciones Públicas de utilizar estándares abiertos
así como, en su caso y de forma complementaria,
estándares que sean de uso generalizado por los
ciudadanos.
5.8. Contraprestaciones económicas
5.8.1. Régimengeneral
Las autoridades públicas podrán aplicar contra-
prestaciones económicas por el suministro de
información ambiental. En estos casos aquéllas
estaránobligadas a publicar y a poner a disposición
de los solicitantes la lista donde se contemplen
las contraprestaciones y las circunstancias en que
se puede exigir, así como sus posibles exenciones;
declarando lagratuidaddelaccesoa lasmencionadas
listaso registrospúblicosydel propioexamen
insitu
de la información.
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