Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales 2025
Mediante estas subvenciones de concurrencia no competitiva se compensa económicamente a las empresas que han posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes desempleadas en acciones formativas de formación profesional para el empleo financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Convocatoria de subvenciones 2025
Con fecha 29 de octubre de 2025 se publica en BOJA el Extracto de la Resolución de 23 de octubre de 2025 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes desempleadas en acciones formativas de formación profesional para el empleo.
Se convoca, para el ejercicio presupuestario 2025 la siguiente subvención en la cuantía total máxima indicada y con la siguiente distribución por anualidades:
| Línea | Total crédito presupuestario | Partida presupuestaría | Código financiación | Anualidad |
|---|---|---|---|---|
| Compensación económica prácticas profesionales no laborables | 450.000,00 € | 1400180000G/32D/47304/00 | S0044 | 2025 |
| Compensación económica prácticas profesionales no laborables | 50.0000,00 € | 1400180000G/32D/48304/00 | S0044 | 2025 |
| Total | 500.000,00 € |
Esta dotación se distribuye por provincias con carácter estimativo entre los ámbitos territoriales que se indican a continuación, conforme a la siguiente tabla:
| Dotación ejercicio 2025 | Dotación ejercicio 2025 | Dotación total | |
|---|---|---|---|
| Provincia | Entidades Privadas | Entidades sin ánimo de lucro | |
| Almería | 81.000,00 € | 9.000,00 € | 90.000,00 € |
| Cádiz | 58.500,00 €/td> | 6.500,00 € | 65.000,00 € |
| Córdoba | 99.000,00 €/td> | 11.000,00 € | 110.000,00 € |
| Granada | 31.500,00 € | 3.500,00 € | 35.000,00 € |
| Huelva | 9.000,00 € | 1.000,00 € | 10.000,00 € |
| Jaén | 18.000,00 € | 2.000,00 € | 20.000,00 € |
| Málaga | 54.000,00 € | 6.000,00 € | 60.000,00 € |
| Sevilla | 99.000,00 € | 11.000,00 € | 110.000,00 € |
| Total | 450.000,00 € | 50.000,00€ | 500.000,00 € |
Podrán solicitar esta subvención
Podrán solicitar la subvención y resultar beneficiarias, aquellas empresas donde se hayan realizado las prácticas profesionales no laborales vinculadas a las acciones formativas financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, cuando dichas prácticas hayan finalizado en el periodo comprendido entre el 29 de octubre de 2024 y el 7 de noviembre de 2025, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria. A estos efectos, se entiende por empresa, toda entidad u organización, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que disponga al menos de un centro de trabajo donde el alumnado haya desarrollado, en las condiciones requeridas, las citadas prácticas, incluyéndose en este concepto, las entidades e instituciones sin ánimo de lucro.
No podrán solicitar la subvención objeto de esta convocatoria las entidades integrantes del sector público, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Requisitos para la obtención de la subvención
Las empresas solicitantes deben reunir los siguientes requisitos para poder obtener la condición de beneficiarias:
- Haber suscrito un acuerdo con la entidad de formación para la realización de las prácticas profesionales no laborales, conforme al artículo 6 de la Orden de 10 de noviembre de 2021.
- En el supuesto contemplado en el artículo 14.1 de la Orden de 10 de noviembre de 2021, de prácticas no vinculadas a certificados de profesionalidad cuya financiación no haya sido programada y aprobada inicialmente, haber sido autorizadas por la Delegación Territorial correspondiente.
- Haber llevado a cabo y gestionado las prácticas profesionales no laborales en las condiciones y con el contenido establecido en el capítulo II de la Orden de 10 de noviembre de 2021.
Cuantía de la subvención y gastos subvencionables
La cuantía máxima subvencionable será el resultado de multiplicar tres euros (3 €) por alumno/a por horas de prácticas profesionales no laborales realizadas.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente la de publicación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, del extracto de convocatoria, es decir, el día 30 de octubre de 2025 y finalizará el día 7 de noviembre de 2025, inclusive.
Lugar y forma de presentación de solicitudes
La presentación de solicitudes se realizará, exclusivamente, a través de la siguiente dirección electrónica en la Oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo e irán dirigidas a las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en la provincia donde se haya realizado la acción formativa relacionada y vinculada con las prácticas:
El trámite mencionado se realizará mediante modelo normalizado que figura como Anexo I en la convocatoria y que generará la citada oficina virtual durante el trámite de presentación.
Los anexos I y II de la convocatoria estarán disponibles, a título informativo, en esta misma página web, así como en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, accesible a través de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:
Las empresas que soliciten la compensación económica por posibilitar la realización de prácticas profesionales no laborales de diferentes alumnos y alumnas vinculadas a la misma acción formativa, deberán presentar una única solicitud para todo el alumnado participante en dicha acción. En el supuesto de empresas que soliciten la compensación económica por posibilitar la realización de prácticas profesionales no laborales vinculadas a diferentes acciones formativas, estas deberán presentar una solicitud por cada acción formativa.
Notificación de actos administrativos
Las notificaciones de los actos relativas al procedimiento de concesión de las subvenciones se realizarán de forma individual, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas, para lo cual tendrán que darse de alta en el mismo.
A tal efecto, en los formularios de solicitud figurará un apartado para que la empresa interesada pueda señalar expresamente una dirección electrónica a los efectos del aviso de la puesta en disposición de la notificación electrónica.
Anexos
- Anexo I (pdf). Solicitud. Se pone a disposición de las empresas a título informativo, si bien, la solicitud deberá cumplimentarse y presentarse telemáticamente a través de la Oficina Virtual que estará disponible durante el período de presentación de solicitudes.
- Anexo II (pdf). Alegaciones y aportación de documentos. Se pone a disposición de las empresas a título informativo, si bien, este Anexo deberá cumplimentarse y presentarse telemáticamente a través de la Oficina Virtual, que estará disponible durante el trámite de subsanación y audiencia tras la propuesta provisional.
- Anexo III (pdf). Persona encargada del tratamiento de datos personales.
Preguntas frecuentes
Para cualquier duda puede consultar el siguiente documento de Preguntas Frecuentes o bien escribir los correos electrónicos que se indican al final de dicho documento:
Documentación
- Modelo declaración responsable del alumnado (pdf)
- Nota informativa sobre la declaración responsable del alumnado (pdf)
Cumplimiento de obligaciones en materia de protección de datos
- Declaración cumplimiento normativa protección datos: Inicio de la actividad (pdf)
- Declaración cumplimiento normativa protección datos: documentación justificativa (pdf)
- Declaración cumplimiento normativa protección datos: fin de plazo de conservación (pdf)
- Declaración expresa de la formación recibida en materia de protección de datos (pdf)
- Nota informativa en relación con la formación en materia de protección de datos (pdf)
- Contenido de la actividad formativa en materia de protección de datos (zip)
Normativa
- Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se establecen los procedimientos para la realización y compensación de prácticas profesionales no laborales y de concesión de becas y ayudas a personas participantes en acciones formativas de formación profesional para el empleo (pdf).
- Resolución 23 de octubre de 2025 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes desempleadas en acciones formativas de formación profesional para el empleo (pdf).
- Extracto de la Resolución de 23 de octubre de 2025 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes desempleadas en acciones formativas de formación profesional para el empleo (pdf).
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