Subvenciones en materia de Formación Profesional para el Empleo dirigidas a personas trabajadoras desempleadas 2024 - Programas formativos
Con fecha 11 de octubre de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024, la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de Programas Formativos de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
Objeto de la subvención
Esta subvención tiene por objeto la financiación de acciones formativas de FPE, no conducentes a certificados de profesionalidad, del Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Las Especialidades Formativas susceptibles de subvención se detallan en el Anexo IV (pdf).
Las acciones formativas, que se desarrollarán en modalidad presencial, estarán dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas no ocupadas que estén inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo. Asimismo, siempre que no haya inscripciones admitidas de personas trabajadoras desempleadas, podrán participar, en un porcentaje máximo del 30% por cada acción formativa, personas trabajadoras ocupadas cuyo centro de trabajo esté ubicado en Andalucía.
Financiación y cuantía
El crédito presupuestario de la convocatoria asciende a veinte millones de euros (20.000.000 €), con la siguiente distribución:
Ámbito territorial | Dotación ejercicio 2024 | Dotación ejercicio 2025 |
---|---|---|
Almería | 992.600,00 € | 425.400,00 € |
Cádiz | 1.128.400,00 € | 483.600,00 € |
Córdoba | 1.845.200,00 € | 790.800,00 € |
Granada | 1.526.000,00 € | 654.000,00 € |
Huelva | 1.128.400,00 € | 483.600,00 € |
Jaén | 1.477.000,00 € | 633.000,00 € |
Málaga | 2.489.200,00 € | 1.066.800,00 € |
Sevilla | 3.413.200,00 € | 1.462.800,00 € |
TOTAL | 14.000.000,00 € | 6.000.000,00 € |
Podrán solicitar esta subvención
Podrán participar en la convocatoria y resultar beneficiarias de esta subvención, las entidades privadas recogidas en el apartado 4.a).1º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras (Orden de 3 de noviembre de 2023), que reúnan los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2º de las citadas bases reguladoras y los mantengan durante el período establecido en el apartado 4.b) de las mismas.
De acuerdo con lo anterior, esta subvención se dirige a las entidades de formación privadas, con excepción de las entidades y familias sin ánimo de lucro. Las entidades solicitantes deberán disponer de instalaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debidamente inscritas en el Registro de Centros y Entidades Colaboradoras en materia de Formación Profesional para el Empleo, de cada una de las especialidades formativas solicitadas.
Solicitudes
Cada entidad presentará una única solicitud por provincia, en la que se detallará la actividad formativa solicitada, relacionando todas las acciones formativas por orden de prioridad que se pretendan impartir en cada uno de sus centros inscritos.
Las solicitudes se formalizarán mediante los modelos normalizados que figuran en la convocatoria como Anexo I (pdf) y Anexo I bis (pdf) e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.
No será necesario aportar ningún documento adicional en esta fase del procedimiento.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en BOJA del extracto de la convocatoria, es decir, desde el 12 de octubre hasta el 21 de octubre de 2024.
Lugar de presentación de solicitudes
La presentación de las solicitudes se hará exclusivamente por medios electrónicos a través de la aplicación informática de gestión de la formación profesional para el empleo (en adelante, GEFOC Entidades) ubicado en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo:
- Acceso al trámite: GEFOC Entidades
Fase de subsanación
Fase de inadmisión y desistimiento
- Diligencia de inadmisión y desistimiento (pdf)
- Resolución (pdf)
- Anexo I de entidades inadmitidas y desistidas (pdf)
Fase de resolución provisional
- Diligencia de publicación de la propuesta de resolución provisional (pdf)
- Propuesta de resolución provisional (pdf)
- Documentación a aportar junto con el Formulario de alegaciones / aceptación y presentación de documentación (pdf)
- Anexo I Puntuaciones Ponderadas (pdf)
- Anexo II Beneficiarias y Suplentes y Anexo III Subvención otorgable a las entidades beneficiarias provisionales y suplentes (pdf)
- Corrección de errores propuesta de resolución provisional (Anexos I, II y III)
Publicación
De acuerdo con la Convocatoria, los actos administrativos de requerimiento de subsanación, trámite de audiencia, propuesta de resolución provisional y resolución del procedimiento serán publicados íntegramente en esta misma página web.
La publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.
Preguntas frecuentes
Para aclarar sus dudas con respecto a esta convocatoria, puede consultar:
También puede contactar con nuestro equipo a través del correo: subvenciones.svgestion.dgfpe.ceeta@juntadeandalucia.es
Anexos
- Anexo I (pdf). Se pone a disposición de las entidades a título informativo, si bien, la solicitud deberá cumplimentarse y presentarse telemáticamente a través de la Oficina Virtual que estará disponible durante el período de presentación de solicitudes
- Anexo I Bis (pdf). Se pone a disposición de las entidades a título informativo, si bien, la solicitud deberá cumplimentarse y presentarse telemáticamente a través de la Oficina Virtual que estará disponible durante el período de presentación de solicitudes
- Anexo II (pdf). Se pone a disposición de las entidades a título informativo, si bien, la solicitud deberá cumplimentarse y presentarse telemáticamente a través de la Oficina Virtual que estará disponible durante el plazo de vigencia de la presente convocatoria
- Anexo III (pdf). Solicitud de participación en acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas
- Anexo IV (pdf). Listado de especialidades formativas (pdf)
Cumplimiento de obligaciones en materia de protección de datos
- Declaración expresa de cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos. Inicio de la actividad (pdf)
- Declaración expresa de cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos. Documentación justificativa (pdf)
- Declaración expresa de cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos. Fin de plazo de conservación de los datos (pdf)
- Nota informativa sobre la información recibida en materia de protección de datos (pdf)
- Contenidos de la actividad formativa en materia de protección de datos (zip)
- Declaración expresa de la formación recibida en materia de protección de datos (pdf)
Normativa
- Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019).
- Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas. (BOJA núm. 214, de 8 de noviembre de 2023).
- Corrección de errores de la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas. (BOJA núm. 11, de 16 de enero de 2024).
- Orden de 24 de julio de 2024, por la que se avocan determinadas competencias en materia de subvenciones en el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo y se delegan en la persona titular de la Dirección General competente en Formación Profesional para el Empleo. (BOJA núm. 148, de 31 de julio de 2024).
- Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de programas formativos de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas. (BOJA núm. 199, de 11 de octubre de 2024)
- Extracto de Resolución de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024, la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de programas formativos de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas.(BOJA núm. 199, de 11 de octubre de 2024)