Preguntas frecuentes. Obligaciones en materia de publicidad. FSE+

¿Está obligada la persona o entidad beneficiaria de la subvención a publicitar la financiación recibida?

Sí, debe incluir en toda publicidad de la actividad que la subvención ha sido financiada por la Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Andalucía, utilizando un lenguaje no sexista y evitando imágenes discriminatorias, promoviendo igualdad, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de géneros.

Para el cumplimiento de las obligaciones relativas a información o publicidad se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Manual de Diseño Gráfico (pdf) para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 218/2020, de 21 de diciembre. Todo ello conforme al artículo 31.1. j) de la Orden de 3 de octubre de 2024.

¿Existe alguna obligación adicional de publicidad de la financiación cuando se use el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)?

Sí, al recibir la resolución de concesión de la subvención deberá leer detenidamente el contenido de la resolución para conocer si su subvención se financia con FSE+, dado que en este caso, además de la obligación de publicidad citada en el artículo 31.1. j) de la Orden de 3 de octubre de 2024, comentada en la pregunta frecuente anterior, deberá cumplir las siguientes obligaciones:

  • Deberá haber mención del origen de esta financiación, velando por darle visibilidad, en particular, cuando promueva las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples personas destinatarias, incluidos los medios de comunicación y el público en general. Todo ello conforme a lo previsto en el artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
  • Deberá utilizar el emblema de la Unión Europea, de conformidad con el Anexo IX del Reglamento (UE) núm. 2021/1060, del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021, cuando realice actividades de visibilidad, transparencia y comunicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 47 del citado Reglamento.
  • Deberá reconocer la ayuda de los fondos europeos, conforme a lo previsto en el artículo 50 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y para ello:
    • En el sitio web oficial de la persona beneficiaria, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas en los medios sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacarán la ayuda financiera de la Unión.
    • Proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a quienes participen.

Modelos y ejemplos para dar publicidad a la financiación del Programa Emplea-T

Para el correcto cumplimiento de las obligaciones del beneficiario de difundir la ayuda recibida, y conforme a lo dispuesto en la Resolución de concesión, la persona o entidad local beneficiaria dispone de los siguientes elementos para cumplir las obligaciones de comunicación:

Colocación de una PLACA de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente

Con información sobre el proyecto en un lugar visible para el público, conforme a los requisitos establecidos en la página 29 del Manual de Identidad Visual de Fondos Europeos en Andalucía 2021-2027 (pdf). A estos efectos, se facilita un 'modelo de placa informativa' con la composición y la información que debe contener la misma, dependiendo de la medida a la que se ha acogido del Programa Emplea-T (Líneas 1, 2, 4, 7).

Difusión en la página principal de la página web del beneficiario o en las redes sociales

Cuando exista tal sitio web o redes de uso profesional, de una breve descripción de la operación, con sus objetivos y resultados, y destacando la ayuda de la UE, conforme a los requisitos establecidos en las páginas 30 y 31 del Manual de Identidad Visual de Fondos Europeos en Andalucía 2021-2027.

A modo de ejemplo, se facilita un posible texto para la web, dependiendo de la línea a la que se ha acogido del Programa Emplea-T (Líneas 1, 2, 4, 7):

Texto página web línea 1

nombre_apellidos_persona física beneficiaria, ha recibido una subvención de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, financiada por la Unión Europea con cargo al Programa FSE+ Andalucía 2021-2027, enmarcada en el Programa Emplea-T, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas.

Texto página web línea 2

nombre_apellidos_persona física/empresa beneficiaria, ha recibido una subvención de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, financiada por la Unión Europea con cargo al Programa FSE+ Andalucía 2021-2027, enmarcada en el Programa Emplea-T, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de pymes.

Texto página web línea 4

nombre_apellidos_persona física/empresa beneficiaria ha recibido una subvención de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, financiada por la Unión Europea con cargo al Programa FSE+ Andalucía 2021-2027, enmarcada en el Programa Emplea-T, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.

Texto página web línea 7

razón social entidad local beneficiaria ha recibido una subvención de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, financiada por la Unión Europea con cargo al Programa FSE+ Andalucía 2021-2027, enmarcada en el Programa Emplea-T, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Línea 7. Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de corporaciones locales.

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