Programa de actuación en empresas Alerta Accidentes

¿Qué es el programa Alerta Accidentes?

Alerta Accidentes es un programa de apoyo inmediato a las empresas andaluzas que registran accidentes laborales de especial gravedad, que actúa a través del personal técnico de los Centros de Prevención de Riesgos Laborales (CPRL) como un sistema de asesoramiento que se basa en la investigación de los accidentes registrados, impulsando posteriormente la corrección de las deficiencias detectadas en las condiciones de trabajo y en el sistema de gestión de la prevención.

¿Para qué sirve Alerta Accidentes?

Los objetivos del programa, en el que la participación tiene carácter voluntario, son los siguientes:

  1. Proporcionar de forma ágil un asesoramiento técnico especializado a las empresas andaluzas que registran accidentes de especial gravedad
  2. Detectar y corregir deficiencias en las medidas de prevención existentes en las mismas, impidiendo la reproducción de los accidentes registrados
  3. Impulsar un proceso de mejora continua en el sistema de prevención de dichas empresas

El Programa Alerta Accidentes persigue que las empresas donde existe siniestralidad laboral de especial gravedad trabajen en estos tres ámbitos, con la colaboración del personal técnico de la Junta de Andalucía en esta materia. La posibilidad de participar en esta iniciativa debe entenderse como una gran oportunidad para conseguir una mejora global de la situación preventiva de la empresa, debido a las ventajas que puede suponer contar en ese proceso de mejora con el asesoramiento y la supervisión de personal técnico especializado de la administración.

Actividades del Programa

Las empresas incluidas en el programa Alerta Accidentes reciben el asesoramiento por parte de personal técnico de los CPRL siguiendo la secuencia de actividades que se indica a continuación.

Cabe reseñar que el conjunto de las actividades propuestas y desarrolladas para conseguir los objetivos del programa no eximen de la responsabilidad del empresario/a en el cumplimiento de las distintas normas que le son de aplicación, en materia de prevención de riesgos laborales, a la actividad que desarrolla.

Selección de empresas

La iniciativa Alerta Accidentes se dirigirá a todas las empresas andaluzas que registren:

  • Un accidente mortal
  • Dos accidentes con la calificación mínima “grave” en los últimos dos años, contados hasta la fecha en que se produce el segundo accidente con esta calificación

Para la aplicación del criterio anterior se excluirán, entre otros y al menos en una fase inicial, los siguientes tipos de accidentes:

  • Patologías no traumáticas (infartos, derrames cerebrales y otros asimilables)
  • Accidentes in itinere
  • Recaídas

Asimismo, tendrán una consideración diferenciada del resto las siguientes empresas:

  1. Empresas que han estado ya incluidas en Alerta Accidentes. En este caso cabría considerar que la actividad de asesoramiento ya realizada con carácter general en la empresa no ha tenido los resultados esperados, por lo que procedería incluirlas en el Programa de Actuación del Personal Técnico Habilitado a fin de comprobar las condiciones de trabajo existentes.
  2. Empresas incluidas en el Programa de Actuación de Técnicos Habilitados. En este caso pueden distinguirse tres posibles situaciones:
    1. La actuación comprobatoria todavía no se ha iniciado: En este caso la actividad del personal habilitado en la empresa  se llevará a cabo normalmente
    2. Existe una actuación comprobatoria en curso: En este caso el personal técnico habilitado continuará su intervención, pudiendo volver a valorarse la inclusión de la empresa en el Programa Alerta Accidentes una vez que aquella haya finalizado
    3. La actuación comprobatoria ha concluido: en este supuesto podrá hacerse uso de la documentación generada por el personal habilitado como antecedente de la actuación

Caída desde altura. Una nueva modalidad

En la sesión de fecha 7 de abril de 2021 de la Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales se presentó el documento “Resumen ejecutivo del análisis sobre la siniestralidad laboral en Andalucía vinculada a caídas desde altura (pdf)”, un estudio sobre la accidentabilidad laboral por caídas desde altura en Andalucía en el período de enero de 2019 a octubre de 2020, cuyo análisis llevó a tomar la decisión de iniciar un programa específico denominado “Caída desde Altura”.

Esta campaña de asesoramiento se enmarca como una línea específica dentro de Alerta Accidentes, siguiendo las mismas premisas establecidas en su instructivo para la selección de las empresas a excepción del número de accidentes de esta tipología registrados en las empresas andaluzas para su selección:

  • Un accidente grave o muy grave.
  • Un accidente mortal.

Para ello se estudian los accidentes que cumplen alguna de las dos premisas anteriores declarados en DELTA con código de desviación 51, y dentro de los siguientes CNAE’s:

  • 01 Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados
  • 25 Fabricación de productos metálicos, etc. Maquinaria y equipos
  • 41 Construcción de edificios
  • 43 Actividades de construcción especializada
  • 49 Transporte terrestre y por tuberías
  • 81 Servicios a edificios y actividades de jardinería

Comunicación a las empresas incluidas en el Programa Alerta Accidentes

Cada empresa incluida en esta iniciativa recibe una carta en la que se le comunica su inclusión, junto con información acerca del desarrollo del programa y las actividades previstas.

Diagnóstico de situación de la empresa

La empresa debe elaborar un Diagnóstico de Situación y tener necesariamente en cuenta las conclusiones de la investigación realizada por la empresa sobre el accidente (o accidentes) que haya determinado su inclusión en Alerta Accidentes. La empresa actuada deberá considerar junto a esta información las características de la siniestralidad que haya registrado recientemente, con objeto de que la intervención realizada sobre su sistema de seguridad y salud en el trabajo sea integral.

El análisis de la siniestralidad que conforma el Diagnóstico de Situación buscará las causas preventivamente útiles de los accidentes, es decir aquellas sobre las que es posible actuar, que coincidirán, en general, con carencias de medidas preventivas apropiadas para el peligro materializado en el accidente y/o con deficiencias en el diseño o la aplicación del sistema de gestión de la prevención adoptado por la empresa que contribuyeron a que el accidente se produjese.

Tanto para el desarrollo de esta fase como para el de la siguiente, la empresa ha de apoyarse en su estructura preventiva técnica (Servicio de Prevención Ajeno, Servicio de Prevención Propio, Servicio de Prevención Mancomunado o personas trabajadoras designadas) y contar con el concurso y participación de la plantilla y sus representantes.

Desde el punto de vista organizativo puede resultar extremadamente útil el nombramiento de una persona interlocutora de prevención en la empresa que se ocupe del seguimiento del programa y de la comunicación con el personal técnico por el CPRL así como el de una persona que asuma la representación específica del personal empleado.

Elaboración de un Programa de Reducción de la Siniestralidad

El Programa de Reducción de la Siniestralidad, diseñado por la empresa en base al Diagnóstico de Situación, constará de dos subprogramas, uno para las medidas de mejora de las condiciones materiales y organizativas de trabajo, y el otro dedicado a corregir o completar el sistema de gestión de la prevención vigente en la empresa, que estará plasmado en el Plan de Prevención.

En ambos subprogramas las acciones habrán de concretarse suficientemente como para que después sea posible decidir sin ninguna duda si se han llevado a cabo o no, e irán acompañadas de sus fechas previstas de inicio y terminación y del responsable de su ejecución en la empresa.

El periodo de referencia para el cumplimiento del programa, que habrá de considerarse al elaborarlo, será el de vigencia de Alerta Accidentes (aproximadamente 1 año desde el inicio de las actuaciones, a contar desde la fecha de la primera visita a la empresa), si bien debe tenderse a que las acciones de mejora de las condiciones materiales y organizativas del trabajo y las de elaboración o revisión e implantación de procedimientos de gestión se programen cuanto antes, a fin de poder comprobar su eficacia y suficiencia en el ámbito temporal del programa.

Seguimiento de la ejecución del programa

En los meses sexto y undécimo a partir del comienzo de las actividades, la empresa elaborará sendos informes de seguimiento en los que, sobre una plantilla análoga a la utilizada en su día para la presentación del programa, reflejará lo realizado, las demoras y sus causas, si se hubieran producido, y hasta propuestas de modificación razonadas, si se consideraran necesarias.

Como resumen se adjunta un gráfico de las actividades que debe realizar la empresa a lo largo de los meses que dura el programa:

¿Qué hacer si mi empresa ha sido incluida en el programa Alerta Accidentes?

La inclusión de una empresa en el programa Alerta Accidentes constituye una excelente ocasión para las empresas de revisar globalmente la eficiencia de su sistema preventivo analizando toda la siniestralidad laboral que hayan podido registrar recientemente. A tal fin, el personal técnico de los CPRL planteará a la empresa la conveniencia de considerar un período de referencia útil, preferiblemente de dos años, para examinar la siniestralidad.

La experiencia demuestra que la mayor parte de las empresas que han participado en Programas similares anteriores (PAEMSA) mejoran sus índices de siniestralidad de forma sensible.

Modelos del programa

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