Subvención Nominativa a la Universidad de Jaén para el mantenimiento del Laboratorio-Observatorio de Riesgos Psicosociales de Andalucía.

Información general

Título formal:

Subvención Nominativa para el Laboratorio-Observatorio de Riesgos Psicosociales de Andalucía.

Código:
24748
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Administraciones
Concurrencia:
Excepcional
Fecha de creación:
21/09/2021

Descripción

El IAPRL, se configura como órgano científico-técnico, orientado a explorar y desarrollar nuevas formas de prevenir la siniestralidad laboral y mejorar las condiciones de trabajo, a través de la gestión del conocimiento orientado fundamentalmente hacia aquellos aspectos hasta ahora no suficientemente desarrollados como la investigación, análisis y diagnóstico de aquellos riesgos emergentes, consecuencia de nuevos modelos productivos y organizativos derivados de una sociedad en permanente mutación.

Los cometidos que el IAPRL lleva a cabo en relación con la Red de Laboratorios Observatorios se concretan en el mantenimiento de la misma, dando soporte jurídico y económico a los mismos mediante la firma de los oportunos Protocolos Generales de Colaboración con las respectivas universidades, la tramitación de las correspondientes subvenciones nominativas para su funcionamiento operativo y la planificación anual de la actividad de investigación de los laboratorios observatorios.

El objeto de esta subvención es dar soporte económico a las labores de dirección científica y mantenimiento del, Laboratorio-Observatorio de Riesgos Psicosociales de Andalucía, en el ejercicio 2021, así como la coordinación y divulgación de los proyectos de investigación que desarrollen los distintos grupos de investigación en el marco de sus atribuciones. Dichos proyectos de investigación no serán, en ningún caso, objeto de estas subvenciones.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

1. Conforme al artículo 116.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tendrá la consideración de persona o entidad beneficiaria de subvenciones la que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

2. Además de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tampoco podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de subvenciones quienes tengan deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía. La acreditación de dicha circunstancia constituye, además de las previstas en el artículo 14 de la referida Ley, una obligación de la persona o entidad beneficiaria que deberá cumplir con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, en la forma que se determine por la Consejería competente en materia de Hacienda.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre, que se sigue recogiendo en el artículo 116.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, no podrán ser beneficiarias de subvenciones aquellas empresas sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente de la Junta de Andalucía.

4. Asimismo, el artículo 116.5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, establece que, cuando proceda, conforme a ordenamiento jurídico, estricto respeto a sus garantías y de acuerdo con lo previsto en la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, no podrán ser beneficiarias de subvenciones aquellas personas físicas o jurídicas sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria Democrática de Andalucía.

Documentación

Junto al anexo de solicitud habrá de presentarse la documentación que se detalla a continuación,

a) Acreditación de la personalidad de la persona solicitante y de la representante en su caso.
• Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF), solo en caso de que no se autorice su consulta.
• Estatutos y, en su caso, modificación de los mismos, debidamente legalizados, en caso necesario.
• Acreditación de la representación: Documento que acredite la condición de representante y los poderes que tiene reconocidos. La representación, ya sea a través de persona física con capacidad de obrar o a través de persona jurídica, se podrá acreditar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el caso de persona física, la verificación de la identidad de la persona que ostente la representación legal, será realizada por el órgano instructor, al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
El órgano instructor podrá solicitar otra documentación complementaria para efectuar las comprobaciones oportunas, en caso de que no pueda verificarla con la documentación aportada.
b) Certificado bancario acreditativo de que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria consignada en la solicitud (incluyendo IBAN).

c) Memoria descriptiva de la actividad y presupuesto con detalle de gastos y desglose de partidas o conceptos.
2. La documentación se presentará por vía electrónica.

3. En cuanto a la documentación a aportar se estará a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Con carácter general no se exigirá la presentación de documentos originales al procedimiento, bastando con la aportación de copias, de cuya veracidad se responsabilizarán las personas interesadas. Solo excepcionalmente, podrá solicitarse a las personas interesadas la presentación de documentos originales, en cuyo caso se hará en los términos previstos en los apartados 4 y 5 de dicho artículo.



 

Plazo de Inicio

  • 02/01/2024 - 31/12/2024 (A la Ley de presupuestos.)

Información adicional

Órganos responsables

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

NOMBRE DE ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.

Calle Albert Einstein, 4, Isla de la Cartuja, 41092 de Sevilla;

correo electrónico iaprl.cefta@juntadeandalucia.es

Delegado de Protección de Datos

dpd.cefta@juntadeandalucia.es


 

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Subvención Nominativa a la Universidad de Jaén un Laboratorio-Observatorio de Riesgos Psicosociales de Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

RGPD: Art. 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. - Ley 10/2006, de 26 de diciembre, de creación del IAPRL (art. 3: fines y funciones) - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

No están previstas cesiones de datos ni transferencias internacionales.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?

Datos generales: Nombre y apellidos, DNI/NIF/Documento identificativo, correo electrónico del representante de la entidad solicitante.

Junto al anexo de solicitud habrá de presentarse la documentación que se detalla a continuación,

a) Acreditación de la personalidad de la persona solicitante y de la representante en su caso.
• Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF), solo en caso de que no se autorice su consulta.
• Estatutos y, en su caso, modificación de los mismos, debidamente legalizados, en caso necesario.
• Acreditación de la representación: Documento que acredite la condición de representante y los poderes que tiene reconocidos. La representación, ya sea a través de persona física con capacidad de obrar o a través de persona jurídica, se podrá acreditar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el caso de persona física, la verificación de la identidad de la persona que ostente la representación legal, será realizada por el órgano instructor, al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
El órgano instructor podrá solicitar otra documentación complementaria para efectuar las comprobaciones oportunas, en caso de que no pueda verificarla con la documentación aportada.
b) Certificado bancario acreditativo de que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria consignada en la solicitud (incluyendo IBAN).

c) Memoria descriptiva de la actividad y presupuesto con detalle de gastos y desglose de partidas o conceptos.
2. La documentación se presentará por vía electrónica.

3. En cuanto a la documentación a aportar se estará a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Con carácter general no se exigirá la presentación de documentos originales al procedimiento, bastando con la aportación de copias, de cuya veracidad se responsabilizarán las personas interesadas. Solo excepcionalmente, podrá solicitarse a las personas interesadas la presentación de documentos originales, en cuyo caso se hará en los términos previstos en los apartados 4 y 5 de dicho artículo.

No proceden de fuentes públicas, se solicitan a los interesados.


 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 19/04/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 25/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud

  • 05/10/2021 Se ha modificado el plazo de resolución/notificación.

  • Última actualización: 17/01/2024
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