Autorización sobre administración y disposición de Patrimonio de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía.

Información general

Título formal:

Autorización sobre administración y disposición de Patrimonio de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía.

Código:
24766
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
04/10/2021

Descripción

La disposición de bienes patrimoniales deberá contar con la autorización de la administración tutelante cuando se trate de bienes inmuebles. En caso de otro tipo de bienes, la administración tutelante determinará los supuestos en los que sea precisa su autorización en función de su alcance económico.

Las Cámaras de Andalucía y el Consejo Andaluz de Cámaras administrarán sus recursos propios y patrimonio. Podrán adquirir bienes por cualquier título, enajenarlos o gravarlos, y concertar operaciones de crédito, siempre por acuerdo del órgano que resulte competente de conformidad con esta Ley y el Reglamento de Régimen Interior.

Será necesaria la previa autorización de la Consejería competente en materia de Cámaras para la formalización de operaciones de crédito, para la enajenación y gravamen de inmuebles y valores, así como para la realización de obras o servicios que puedan comprometer fondos de futuros ejercicios, salvo las excepciones que reglamentariamente se establezcan.

Por Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, podrán regularse el procedimiento, competencia y condiciones para esta autorización y el sentido, en su caso, del silencio, así como los supuestos en que, por la escasa cuantía y relevancia, se excepcione la necesidad de la misma o se sustituya, en su caso, por una simple comunicación previa a la Consejería competente”.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Documentación

1. Certificado del Secretario/a General de la Cámara en el que se acredite que la operación ha sido aprobada por el Comité Ejecutivo de la Cámara y se ha elevado al Pleno de la Corporación siendo aprobado por el mismo.

2. Certificado del Secretario/a General de la Cámara en el que se acredite que la operación cumple con la legislación vigente.

3. Certificado del Secretario/a General de la Cámara en el que se acredite que con la operación no queda comprometida la sostenibilidad económica de la Cámara y no entraña riesgos para la existencia de la Cámara o el normal funcionamiento de la misma.

4. Certificado del Secretario/a General de la Cámara en el que se acredite que las condiciones de la operación se corresponden con las habituales del mercado.

5. Informes técnicos y estudios justificativos de la operación (Informe de Auditoría, Informe del Tesorera/a de la Cámara, etc), que indiquen que la misma no supone riesgo financiero para la Cámara ni queda comprometida su sostenibilidad económica e igualmente no pone en peligro la continuidad de su funcionamiento, entendiendo que la operación planteada fortalece su balance y elimina riesgos y endeudamientos presentes.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 1 Mes.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/323713.html

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Comercio cuya dirección es Calle Albert Einstein, 4. Isla de la Cartuja. 41092 – Sevilla y cuyo correo electrónico es dgcomercio.ceeta@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Calle Albert Einstein, 4. Isla de la Cartuja. 41092 – Sevilla o en el correo electrónico dpd.ceeta@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para analizar y supervisar la autorización de las operaciones de patrimonio de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, y del Consejo Andaluz de Cámaras.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 14/12/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 04/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 14/12/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 14/12/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 14/12/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 17/02/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Alegación

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Justificación

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Consulta de estado del expediente

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Subsanación

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Alegación

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Justificación

  • 01/03/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • Última actualización: 01/03/2024
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