Programa de Actuación sobre los Servicios de Prevención Ajenos PASPA II

PASPA II (2012-2014)

El análisis, en términos de eficacia y eficiencia, del enfoque que ha tenido hasta el momento el Programa de Actuación sobre los Servicios de Prevención Ajenos (PASPA I), consistente en la adhesión voluntaria a una tarea común, consensuada y coordinada por la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, (en la actualidad, la extensión y mejora de la calidad de la investigación de accidentes entre las empresas clientes), aconseja una modificación sustancial, ya que parece haber entrado en una fase de decaimiento.

Por otra parte, la reciente celebración de las Jornadas Técnicas sobre prevención de la silicosis en los trabajos con aglomerados de cuarzo, dirigidas fundamentalmente a los servicios de prevención ajenos (SPA), con su éxito de convocatoria y la satisfacción con su desarrollo que han alcanzado, proporciona un modelo digno de consideración que, por otra parte, ya ha sido ensayado con buenos resultados en otros lugares.

El modelo en cuestión tiene dos características que favorecen su éxito:

  • Por un lado la convocatoria nominal a los SPA, que pretende favorecer la máxima participación.
  • Por otro, un contenido que, respondiendo a una programación previa, esté centrado en la transmisión por parte de la Administración a los SPA de referencias técnicas acerca de actividades preventivas, tanto de gestión como de control de los riegos derivados de tareas específicas. Los servicios de prevención ajenos, y otros agentes involucrados en la PRL, se muestran muy interesados en estas referencias porque contribuyen a delimitar sus actuaciones y les proporcionan seguridad jurídica. Para la Administración, esta forma de difusión, acompañada de una explicación próxima, amplía la eficacia del mensaje y, además, lo somete al contraste de sus destinatarios, posibilitando las modificaciones que se revelaran necesarias.

Así pues, el nuevo enfoque consiste en desarrollar el programa PASPA a partir de ahora a través de una o dos reuniones anuales con los SPA, citados nominalmente en dos provincias, en función de su ámbito de actuación, con un programa previo elaborado para trasladar a los servicios referencias técnicas o criterios de la Administración (algunos de ellos desarrollados en acciones incluidas en los planes de actuación derivados de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo) sobre actuaciones preventivas de las empresas o de los propios servicios.

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