Ayudas para Universidades Públicas Andaluzas de Proyectos de Investigación 2022

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, con objeto de apoyar y promover la actividad investigadora de las Universidades Públicas Andaluzas en materias competencia de la Secretaría General de Vivienda publica las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.

Objeto

El objeto de estas subvenciones es promover, apoyar e impulsar el trabajo desarrollado por las Universidades Públicas Andaluzas, así como contribuir a que su labor redunde en beneficio del progreso y bienestar de nuestra comunidad y su ciudadanía.

Los proyectos deberán enmarcarse dentro de una de las siguientes LÍNEAS PRIORITARIAS:

  1. Investigaciones dirigidas a resolver situaciones habitacionales de diversa naturaleza, acorde con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y  la Agenda Urbana de Andalucía, promoviendo un enfoque integral y reactivador, con especial consideración hacia colectivos vulnerables y desfavorecidos en el acceso a la vivienda y al desarrollo de la perspectiva de género.
  2. Rehabilitación residencial, destacando las intervenciones sobre edificios de vivienda colectiva en Andalucía, en especial los localizados en barriadas de vivienda masiva construidas en el siglo pasado, poniendo de relieve aspectos tales como la accesibilidad, la conservación, el mantenimiento y la sostenibilidad. 
  3. Vivienda, con especial atención al parque residencial público, destacando los aspectos de la sostenibilidad y de la eficiencia energética, nuevos materiales y métodos novedosos de resolución de retos, considerando los avances tecnológicos y científicos, fomentando la racionalización de las intervenciones, y teniendo en cuenta los nuevos modos de convivencia y de habitar.
  4. Patrimonio Arquitectónico, catalogación, diagnóstico y metodologías de inventariado, registro, intervención, conservación y reutilización, con especial atención sobre el patrimonio residencial, los centros históricos, el patrimonio industrial y otros patrimonios emergentes, localizados tanto en contextos urbanos como en el medio rural. 
  5. Rehabilitación de los centros históricos , tanto de los edificios y centros históricos como del patrimonio industrial, considerando la reutilización y nuevos usos, poniendo en valor la dimensión de habitabilidad y convivencia, analizando el impacto de la actividad turística, y elaborando propuestas que contrarresten la gentrificación. 
  6. Espacio Público, en las dimensiones competencia de la Secretaría General de Vivienda, incluyendo actuaciones de intervención y aspectos relacionados con la mejora del entorno, el medio ambiente, la accesibilidad, la seguridad, la convivencia y el bienestar de la ciudadanía.

Se considera del máximo interés la aplicación práctica directa de los  resultados obtenidos que puedan ser ejemplos de transferencia inmediata, bien en las políticas de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, bien en las actividades que esté desarrollando el tejido social andaluz en relación a estas temáticas.

Requisitos

  • Estar legalmente constituidos y tener personalidad jurídica propia.
  • Requisitos que deben reunir los participantes en los proyectos de investigación:
    • El proyecto estará liderado por una persona INVESTIGADORA PRINCIPAL (IP), integrante del Equipo de Investigación (EI), que asumirá la responsabilidad de la dirección y ejecución del proyecto.
      Deberá estar en posesión del doctorado, con una antigüedad mínima de 5 años (según fecha que conste en el título), tener una vinculación laboral o funcionarial con la universidad solicitante, desde el momento de la presentación de la solicitud hasta la fecha prevista de finalización de la ejecución del proyecto, así como encontrarse registrada en el Sistema de Información Científica de Andalucía (SICA).
      De no poseer la antigüedad mencionada en el doctorado, su labor deberá estar apoyada por otra persona integrante del equipo de investigación que sí la tenga, la cual ejercerá de TUTORA, avalando y firmando conjuntamente las actuaciones.
    • Las personas integrantes del EQUIPO DE INVESTIGACIÓN (EI) tendrán titulación superior y al menos dos de ellas, además de la persona IP, estarán en posesión del doctorado. Deberán estar vinculadas, desde el momento de la presentación de la solicitud hasta la fecha prevista de finalización de la ejecución del proyecto, a una universidad o entidad pública inscrita en el Sistema Andaluz del Conocimiento (SAC) .
      Alguna de las personas integrantes del EI deberá acreditar haber publicado, al menos, dos trabajos (indicando su ISSN o ISBN) relacionados con la materia a investigar en revistas indexadas en JCR, SJR, A&H y/o AVERY o en editoriales de prestigio nacional o internacional incluidas en SPI.
    • Se podrá participar en el proyecto de investigación como integrante del EQUIPO DE TRABAJO (ET), cuando no se cumplan los requisitos exigidos para formar parte del Equipo de Investigación.
    • Cuando la entidad de vinculación sea distinta a la entidad solicitante se presentará un COMPROMISO DE COLABORACIÓN (según modelo que se facilitará en la convocatoria) firmado por la persona Investigadora Principal, refrendando su participación y la veracidad de los datos aportados.
    • La persona Investigadora Principal, la Tutora, así como el resto de integrantes del Equipo de Investigación, no podrán formar parte de más de un proyecto de investigación por convocatoria, sea cual fuere su tipo de vinculación, adscripción o funciones. Tampoco podrán participar en un nuevo proyecto de investigación, mientras se esté ejecutando otro proyecto de investigación que haya sido subvencionado en alguna convocatoria anterior, en el que se participe de cualquier forma. Las condiciones de este apartado no serán de aplicación para las personas integrantes del Equipo de Trabajo.

Conceptos subvencionables

Las ayudas previstas se destinarán a cubrir los gastos ocasionados en el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas, en los términos previstos en el art. 31 de la Ley General de Subvenciones y recogidos en el apartado 5.c) del Cuadro Resumen de la Orden de 11 de noviembre de 2021.

Cuantía

Cuantía máxima de la subvención: 50.000 euros.

Gastos subvencionables

Podrán ser subvencionables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto, se imputen dentro del período recogido en el apartado 5.e) del Cuadro Resumen de la Orden de 11 de noviembre de 2021, se encuentren reflejados en el presupuesto y sean justificados debidamente.

Según la actividad, los gastos subvencionables podrán estar incluidos en las siguientes partidas:

  • Gastos de Personal.
  • Gastos de viaje, alojamiento y dietas.
  • Otros servicios técnicos y profesionales.
  • Materiales y suministros. 
  • Gastos de Publicidad y Difusión.

El presupuesto debe adecuarse a las actividades propuestas, justificándose en la Memoria Científico Técnica la relación con las necesidades del proyecto. En cualquier caso, aquellos gastos que no se ajusten a las partidas anteriormente descritas no serán incluidos en la cuantía finalmente concedida. 

Normativa

  • Bases Reguladoras: Orden de 11 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.
  • Bases Reguladoras Tipo: Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
  • Convocatoria: Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se realiza la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.
  • Extracto de la Convocatoria: Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2022, por la que se realiza la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a universidades públicas andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.
  • Corrección errata en Extracto: Corrección de errata del Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2022, por la que se realiza la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda (BOJA núm. 50, de 15.3.2022).
  • Dietas: (las cuantías serán las mismas que las estipuladas para el personal de la Junta de Andalucía).
    ORDEN de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio.
    DECRETO 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

Presentación de solicitudes

Cada solicitud constará de tres partes:

  • Formulario ANEXO I – SOLICITUD/SUBSANACIÓN: Según modelo publicado en la Orden de la presente convocatoria y que deberá rellenarse directamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA) .
     
  • Memoria Científico Técnica (editable): Según modelo “Memoria Científico Técnica del Proyecto de Investigación”, que podréis descargar desde esta misma página web.
     
  • Currículum Vitae Abreviado del Equipo de Investigación (editable): Según modelo “CVA”, se incorporará al expediente un único documento pdf con los CVA de cada miembro del Equipo de Investigación, inclusive los de la persona Investigadora Principal y de la persona Tutora, en su caso. Este archivo deberá adjuntarse en el apartado “Documentación opcional” dentro del expediente en la Ventanilla electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía .

*Se recomienda que los archivos editables se descarguen desde el navegador Mozilla Firefox.

La presentación se efectuará rellenando el Formulario ANEXO I directamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA), al que se le adjuntará la Memoria Científico-Técnica cumplimentada  así como, en “Documentación opcional”, un único documento pdf con los CVA .

El plazo para la presentación de solicitudes será desde las 00:00 del 16 de marzo hasta las 23:59 del 15 de abril.

Tramitación de solicitudes

Requerimiento de Subsanación

Con fecha 5 de mayo de 2022 se publica Requerimiento de Subsanación conjunta y Listado de Solicitudes presentadas con indicación de los apartados que deben ser subsanados, en su caso, en el procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda, para la convocatoria de 2022.

El plazo para subsanar será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este requerimiento en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

La presentación de las subsanaciones se realizará, al igual que la solicitud, a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA), accediendo a los expedientes ya creados a los que se les requiera la subsanación.

De no estar disponible el anterior enlace, podrá utilizarse la Presentación Electrónica General.

En lo sucesivo, se hará referencia al expediente asignado a cada proyecto para cualquier comunicación.

Desistimiento de Solicitudes

Con fecha 26 de septiembre de 2022 se emite Resolución de la Secretaría General de Vivienda por la que se declara el desistimiento de solicitudes en la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.

Evaluación previa de la convocatoria de subvenciones

Con fecha 29 de septiembre de 2022 se publica Informe de Evaluación Previa de la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.

Propuesta provisional de Resolución de la convocatoria de ayudas

Con fecha 29 de septiembre de 2022 se publica la Propuesta Provisional de Resolución de la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.

Presentación del Anexo II

El plazo de presentación del Anexo II, junto a la documentación acreditativa de los requisitos, será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta propuesta (desde el 30 de septiembre hasta el 13 de octubre de 2022, ambos inclusive), para que, utilizando el formulario-ANEXO II publicado en la Resolución de 4 de marzo de 2022 por la que se realiza la convocatoria y que deberá rellenarse directamente a través de la Oficina Virtual (nueva solicitud telemática) de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, puedan:

  1. ALEGAR lo que estimen pertinente, en los términos previstos en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  2. REFORMULAR su solicitud siempre que el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. En todo caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en las bases reguladoras.
  3. Comunicar su ACEPTACIÓN a la subvención propuesta (IVA incluido). La propuesta provisional se tendrá por aceptada:
    1. Cuando se proponga la concesión de la subvención por un importe inferior al solicitado, al transcurrir el plazo para reformular sin que las entidades beneficiarias provisionales o suplentes comuniquen su desistimiento.
    2. Cuando se proponga la concesión en los importes solicitados sin que se comunique el desistimiento por las entidades beneficiarias provisionales.

Las entidades beneficiarias provisionales y suplentes provisionales deberán presentar, junto al formulario-ANEXO II, la documentación señalada en el apartado 15 del Cuadro Resumen de la Orden de 11 de noviembre de 2021. 

  1.     NIF de la entidad solicitante.
  2.     Acreditación de la competencia para solicitar subvenciones de quien suscribe la solicitud.
  3.     Currículum vitae abreviado (CVA) de las personas participantes en el proyecto.
  4.     Acreditación de publicaciones exigidas (copias de portada y título, créditos del libro o artículo, índice, año de publicación, primera y última página del artículo o capítulo, así como documento que acredite la indexación en los índices de referencia: JCR, SJR, A&H y/o AVERY en el caso de artículos, y SPI, en el caso de libros y capítulos.
  5.     Reformulación del proyecto, en su caso (Memoria Científico Técnica modificada).
  6.     Reformulación del proyecto, en su caso (Memoria Científico Técnica modificada).
  7.     Carta de Compromiso de otra/s entidad/es, en su caso.

Los documentos serán originales, copias auténticas o copias autenticadas.

La presentación se realizará, desde el día siguiente a la publicación del la presente Propuesta en esta página web, directamente a través de la Oficina Virtual como nueva solicitud telemática.

De no estar disponible el anterior enlace, podrá utilizarse la Presentación Electrónica General.

Reformulación

La REFORMULACIÓN del proyecto ajustará, en la Memoria Científico Técnica presentada, los compromisos y condiciones del proyecto a la subvención propuesta, respetando el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras. Así mismo, incluirá desglosadamente los importes por categorías de gastos subvencionables que se reformulan, de conformidad con el apartado 5.c)1º de este cuadro resumen, así como, el presupuesto e importe total de la subvención reformulada. 

Resolución de la convocatoria

Con fecha 30 de noviembre de 2022 se publica Resolución de la Secretaría General de Vivienda de la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.

Modificación de la resolución

Con fecha 2 de marzo de 2023 se publica la Resolución de la Secretaría General de Vivienda por la que se modifica la Resolución de la Secretaría General de Vivienda de la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda, del 30 de noviembre de 2022.

Corrección de errores

Corrección de errores de la Resolución de la Secretaría General de Vivienda de 2 de marzo de 2023 por la que se modifica la Resolución de la Secretaría General de Vivienda de la convocatoria para 2022 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda, del 30 de noviembre de 2022.

Ejecución del Proyecto

(Información actualizada 30/01/2024)

El plazo máximo para la ejecución de los proyectos es de 15 meses.

Las obligaciones a cumplir por los beneficiarios se encuentran detalladas en el apartado 23 del cuadro resumen de las bases reguladoras.

En lo referente a medidas de información y publicidad destacar que, en toda información, publicidad, bienes o difusión que se realice por cualquier medio sobre las actuaciones subvencionadas (cartelería, publicaciones, páginas web, ponencias, mención de los resultados en cualquier actuación), deberá hacerse constar en lugar destacado su financiación por la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda incluyendo, en su caso, la imagen institucional correspondiente.

Así mismo, durante el desarrollo del proyecto se deberá presentar una comunicación en congreso o publicar un artículo del mismo, que deberá acreditar en la justificación. Sobre todas las actuaciones y eventos a desarrollar se informará a la Secretaría General de Vivienda con holgada antelación a su realización, Junto a la Memoria Final se aportará soporte gráfico como acreditación de la difusión y publicidad de las actividades realizadas. 

Memoria Intermedia

A la mitad del plazo de ejecución del proyecto se deberá informar sobre el estado de desarrollo del mismo, que podrá condicionar el pago final. Para ello se cumplimentarán los documentos cuyos modelos podrán descargar a continuación, y se presentarán en formato pdf, firmados por el representante legal de la entidad, a través de la ventanilla electrónica de la Junta de Andalucía (VEAJA) incorporándolos a su propio expediente:

*Se recomienda realizar la descarga de los archivos editables mediante el navegador Mozilla Firefox

Memoria Final y Justificación del Proyecto

(Información actualizada 30/01/2024)

Atendiendo a los apartados 23 y 26 del cuadro resumen de las bases reguladoras, los proyectos beneficiarios deben justificar ante esta Secretaría "el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención, aportando todos los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos".
Para considerarse cumplidos los objetivos del proyecto deberá haberse ejecutado, como mínimo, el 75% del presupuesto aceptado. De no poder justificar haber alcanzado este gasto se podrá proceder a la devolución del importe recibido, pudiendo solicitar devolución voluntaria a la mayor diligencia.
Una vez finalizado el plazo de ejecución otorgado por Resolución, la entidad beneficiaria dispondrá como
máximo de un mes para justificar el proyecto, debiendo cumplimentar los documentos cuyos modelos podrán descargar a continuación, que presentarán en formato pdf, firmados por el representante legal de la entidad, a través de la ventanilla electrónica de la Junta de Andalucía (VEAJA) incorporándolos a su propio expediente:

  • Memoria Justificativa (Memoria Final): (editable*) del desarrollo científico-técnico del proyecto (cumplimiento de objetivos y condiciones impuestas, actividades desarrolladas, resultados obtenidos, participantes, temporalización, incidencias).
  • Relación clasificada de gastos (Cuadro Justificativo de Relación de Gastos) (editable*). Reflejando pormenorizada y desglosadamente todos los elementos: partidas, conceptos, identificación de persona/entidad acreedora y documento, importe del gasto (precio unitario y unidades), fechas de emisión y pago, aportando los justificantes y facturación clasificada.
  • Documentación justificativa sobre los gastos realizados.
  • Documentación acreditativa de haber presentado una comunicación o artículo durante el desarrollo del proyecto.
  • Ficha Resumen (editable*) del proyecto para difusión pública (podrán consultar, como guía, el proyecto UMA.20-01 en el apartado "Información sobre los proyectos concedidos" de la convocatoria 2020).
  • Informes y resultados del proyecto de investigación que se consideren, en su caso.

*Se recomienda realizar la descarga de los archivos editables mediante el navegador Mozilla Firefox

Recursos adicionales

Instrucciones para solicitantes: Manual de cumplimentación en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA)

Con el objetivo de facilitar el proceso de tramitación de solicitudes para las entidades solicitantes, se ha elaborado un archivo con instrucciones del paso a paso para efectuar una solicitud. Archivo corregido con fecha 22/03/2022. 

Descargar instrucciones (Actualizado 22/03/2022)

Preguntas frecuentes:

Para facilitar el proceso de solicitud de esta convocatoria se ha elaborado una página de preguntas frecuentes. 

Página preguntas frecuentes Universidades 2022 (Actualizado 05/06/2023) 

Link descarga AutofirmaJA: 

Para poder realizar la firma y posterior presentación de las solicitudes y otros documentos adjuntos será necesario tener descargado en el equipo el software de firma electrónica de la Junta de Andalucía. 

Descargar AutofirmaJA

Más información

Convocatorias anteriores de ayudas para Universidades Públicas Andaluzas de Proyectos Investigación en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda:

Áreas de actividad relacionadas de la Secretaría General de Vivienda:

Se puede solicitar más información en: universidades.investigacion.cfatv@juntadeandalicia.es

Índice