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INFORMACIÓN SOBRE LA CUMPLIMENTACIÓN DE CIERTOS CAMPOS EN LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
De acuerdo con el apartado 3 de la base Cuarta de la convocatoria, en la solicitud de participación se deberá:
Consignar de forma inequívoca el orden de preferencia entre las categorías solicitadas (apartado 1, en la casilla ORDEN DE PREFERENCIA)
En caso de presentar solicitud sólo para una Categoría, se cumplimentará con un 1 en la mencionada casilla.
En caso de presentar solicitud para más de una categoría, se debe indicar el orden de preferencia para cada una:
EJEMPLO : La persona interesada desea participar en la categoría profesional de Médico (1041) y en la categoría profesional de Titulado Superior (1009), en ese orden de preferencia. A tal fin debe indicar un número sucesivo para cada categoría en función de sus preferencias:
CLAVE
DENOMINACION
ORDEN DE PREFERENCIA
1041
MÉDICO/A
1
1009
TITULADO SUPERIOR
2
En caso de no hacer constar el orden de preferencia (o este resultara equívoco), se entenderá que el orden de preferencia se corresponde con el orden en que se citan las categorías en la base primera de la convocatoria.
La preferencia operaría sólo en el caso de que la persona resultara seleccionada en varias de las categorías que ha solicitado. La misma persona aspirante no podrá figurar seleccionada en más de una categoría.
Identificar su opción de participación (apartado 3)
A tal fin, marcará con una X lo que proceda en la casilla señalada con un círculo en la imagen que se acompaña:
Si optan por participar a las plazas contenidas en el anexo I, apartado 1, correspondientes a las ofertas de empleo público 2018/2019 (ofertas ordinarias), marcando esa casilla;
Si optan por participar a las reflejadas en el anexo I, apartado 2, correspondientes a las ofertas de estabilización de empleo temporal 2017/2019, marcando esa casilla;
Si optan por participar a ambas. A tal fin, expresarán esta opción marcando ambas casillas.
Además de la opción de participación, se deberá marcar si participa por el turno general o por el cupo de reserva de discapacidad general.