¿Pueden contraer matrimonio en España los extranjeros y las extranjeras?

Sí, siempre que al menos uno de los contrayentes esté empadronado en territorio nacional. Será en el Registro Civil donde se inscribirán los hechos relativos al estado civil sucedidos en territorio español: matrimonio,  nacimiento o  defunciones.

Las personas extranjeras, de permitirlo su legislación, podrán contraer matrimonio en España a través de su Consulado. Lo anterior no será  posible si uno de los contrayentes es español.

Los matrimonios consulares se inscribirán en el Registro Civil cuando:

  • No haya dudas de la realidad del hecho y de su legalidad conforme a la ley española.
  • Conste, en certificación expedida por el/la funcionario/a competente, la celebración del matrimonio en España y cumpla la forma establecida por la ley personal de cualquiera de ellos. Esta certificación, que opera como título de inscripción, está sujeta a la calificación del encargado competente para practicar su inscripción en el Registro Civil español.

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