Page 13 - Memoria de la Junta de Andalucía
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AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA
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            Así mismo, el artículo 105 de dicho texto legal establece que la Cuenta General de la Comunidad Autónoma
            comprenderá todas las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el
            ejercicio por la Administración de la Junta de Andalucía, agencias, instituciones,  consorcios, sociedades
            mercantiles y fundaciones del sector público andaluz y fondos carentes de personalidad jurídica regulados en
            el artículo 5.5.  Es por ello la inclusión de las cuentas de la Agencia Tributaria de Andalucía en la Cuenta
            General.





            Régimen fiscal y recursos materiales



            En cuanto a su régimen fiscal, la Agencia está exenta del Impuesto de Sociedades de acuerdo con el artículo
            9.1.f) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto de Sociedades. Las actividades realizadas por la
            Agencia en el desarrollo de sus funciones públicas no tienen carácter empresarial y, consecuentemente, las
            operaciones que realiza no están sujetas a Impuesto sobre el Valor Añadido.



            Respecto a los recursos materiales, el Plan de acción establece pormenorizadamente la catalogación de gastos
            que se incluyen en el Acuerdo de Nivel de Servicios con la Agencia Digital de Andalucía. Los principales gastos
            que son atendidos por la propia Agencia también tienen su detalle en el Plan de Acción.



            Sobre la adscripción de los bienes afectos a los servicios de su competencia, la Disposición Adicional segunda
            del Decreto 4/2012, de 17 de enero, señala que “(…)  Los bienes que, por cualquier título, se encuentran afectos
            a los servicios de la competencia de la Agencia y que a la entrada en vigor del presente Decreto no se encuentren
            adscritos a la misma, se le adscribirán, en su caso, en el momento y en la forma que se determine por la
            Consejería competente en materia de Hacienda.”





            1.3 – Bases de presentación de las Cuentas Anuales



            a) Principios contables


            Los principios contables son los recogidos en el nuevo Plan General  de Contabilidad Financiera de  la
            Administración de la Junta de Andalucía y de sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial, aprobado
            por Orden de 30 de marzo de 2015. Estos principios son gestión continuada, devengo, uniformidad, prudencia,
            no compensación e importancia relativa.



            Con motivo de la transición tecnológica entre los Sistemas de Gestión Económico-Financiera de la Junta de
            Andalucía, y de conformidad con la Orden de 17 de diciembre de 2014, se acordó la implantación del sistema
            de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades
            instrumentales.
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