Page 322 - IMA 2018.Informe-de-Medio-Ambiente-en-Andalucía
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Son los ayuntamientos, los que tienen la tación con los colectores generales o hasta el
obligación de prestar los servicios básicos de punto de recogida o para su tratamiento”.
abastecimiento, saneamiento y depuración a Asimismo le atribuye “… el servicio de depu-
los ciudadanos, conforme establece la Ley ración de las aguas residuales urbanas, que
7/85 de Bases de Régimen Local, que en su comprende su interceptación y el trasporte
artículo 25 enumera, entre las competencias mediante los colectores generales, su trata-
propias a ejercer por el municipio, las relati- miento y el vertido del efluente a las masas
vas a la prestación de los servicios de sumi- de aguas continentales o marítimas”.
nistro de agua potable y de alcantarillado y
tratamiento de aguas residuales urbanas. La Ley 9/2010 de Aguas de Andalucía, en su
artículo 13 recoge igualmente las competen-
Por su parte, la Ley 5/2010 de Autonomía cias de los municipios en materia de agua,
Local de Andalucía (artículo 5) atribuye a los estableciendo que estas competencias
municipios “… la competencia de ordenación, podrán ser desarrolladas por ellos mismos, o
gestión, prestación y control de los servicios a través de las diputaciones provinciales o
de saneamiento o recogida de las aguas resi- los entes supramunicipales.
duales urbanas y pluviales de los núcleos de
población a través de las redes de alcantari-
llado municipales hasta el punto de intercep-
Estos servicios deben ser sostenibles, por lo que Además, el Real Decreto Ley 11/1995, otorga a las
deben estar sustentados por un sistema de ges- comunidades autónomas (y por tanto a la Junta
tión y tarifario que garantice la recuperación de de Andalucía) la competencia de declarar las zo-
costes en su prestación, con criterios de eficien- nas sensibles en cuencas intracomunitarias, así
cia pero también de solidaridad y justicia social. como definir las aglomeraciones urbanas para el
Para ello, la escala del ámbito de la prestación de cumplimiento de la Directiva 91/271.
los servicios resulta decisiva, para que sea factible
una escala de repercusión de costes adecuada. Igualmente, la Junta de Andalucía tiene la facultad
de ejercer las competencias de auxilios técnicos y
En este sentido, el papel de la administración de económicos a las corporaciones locales (RD
la Junta de Andalucía es determinante, ya que en- 1.132/1984), auxilio que se perfecciona y concreta
tre sus competencias en esta materia está la de- en la Ley de Aguas de Andalucía 2010.
terminación de los ámbitos supramunicipales para
la prestación de los servicios del ciclo urbano del La Ley de Aguas andaluza desarrolla la figura de
agua, impulsar los entes supramunicipales que las obras hidráulicas de interés de la comunidad
garanticen la gestión, así como el establecimiento autónoma, entre las que se encuentran las obras
del marco regulatorio para la prestación de estos de depuración que expresamente se declaren por
servicios. el Consejo de Gobierno. Le compete por tanto a
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