Convocatoria de subvenciones para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales

Con fecha 26 de octubre de 2022 se publica en BOJA el extracto de la Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 10 de noviembre de 2021 por la que se establecen los procedimientos para la realización y compensación de prácticas profesionales no laborales y de concesión de becas y ayudas a personas participantes en acciones formativas de formación profesional para el empleo.

Se convoca, para los ejercicios presupuestarios 2022-2023, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, las siguientes  subvenciones en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en la cuantía total máxima indicada y con la siguiente distribución por anualidades:

Línea subvencionable
Línea subvencionable Partida presupuestaria Anualidad 2022 (euros) Anualidad 2023 (euros) Total (euros)
Compensación económica prácticas profesionales no laborales 1000180000G/32D/47301/00 50.000 euros 450.000 euros 500.000 €

Esta dotación se distribuye por provincias en función de las prácticas profesionales no laborales vinculadas a las acciones formativas que se van a impartir en los centros de formación que se indican en el Anexo III de la convocatoria, conforme a la siguiente tabla:

Dotaciones por provincias
Provincia Dotación ejercicio 2022 Dotación ejercicio 2023 Dotación total
Almería 0 euros 20.000 euros 20.000 euros
Cádiz 10.000 euros 5.000 euros 15.000 euros
Córdoba 15.000 euros 30.000 euros 45.000 euros
Granada 0 euros 50.000 euros 50.000 euros
Huelva 10.000 euros 20.000 euros 30.000 euros
Jaén 0 euros 200.000 euros 200.000 euros
Málaga 5.000 euros 120.000 euros 125.000 euros
Sevilla 10.000 euros 5.000 euros 15.000 euros
Total 50.000 euros 450.000 euros 500.000 euros

Podrán solicitar esta subvención

Aquellas empresas que han posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales, han finalizado las mismas y con carácter previo a la realización de las prácticas hayan suscrito un acuerdo con las entidades de formación contempladas en el Anexo III de la convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar del día siguiente a la finalización de las prácticas profesionales no laborales del último alumnado participante, y en todo caso, dentro del periodo de vigencia de la convocatoria que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023.

Lugar y forma de presentación de solicitudes y demás documentación

Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y demás documentos, figuran publicados  junto con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación a través de:

Las solicitudes irán dirigidas a las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Empleo, Empresa y  Trabajo Autónomo de la provincia correspondiente.

El trámite mencionado se realizará mediante modelo normalizado que figura como Anexo I y que estará disponible en la oficina virtual citada con anterioridad.

Documentación

Normativa

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