Mali

Importante: (Septiembre 2014) Ha informado la Embajada de España en Bamako, que a raiz de la sentencia de la Corte Suprema, la Dirección Nacional de la Infancia ha decidido dar solución a los expedientes que fueron aceptados previamente en la Dirección Nacional y quedaron en suspenso con la aplicación del nuevo Código de Familia. Se prevé que en las próximas semanas comiencen a realizar las asignaciones. No obstante no se prevé el envío de nuevos expedientes.

(Diciembre 2012)
Dada la grave situación de inseguridad jurídica y física que atraviesa Mali, en la cual no se cumplen las exigencias de garantías, seguridad jurídica y respeto de los principios básicos e inspiradores de las normas internacionales y de la legislación española de adopción, se acordó en la reunión de Directores/as Generales de 17/7/2012 la suspensión temporal de las adopciones en Mali, en tanto se mantenga la situación actual en aquel país y no se enviarán nuevos expedientes. Este acuerdo se ha ratificado en la reunión de Directores Generales mantenida el 16/10/2012.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que el pasado 2 de diciembre de 2011 se aprobó en Mali el Código de las Familias y las Personas, que está promulgado, publicado y en vigor, y en cuyo artículo 540 se suprime la adopción internacional, indicando que la adopción-filiación sólo puede solicitarse por personas malienses. Hasta ahora esta prohibición no se ha publicado por lo que tanto España como el resto de países han continuado tramitando adopciones en Mali.
Sin embargo, este mes de diciembre, las autoridades competentes en Mali han confirmado que dicho Código de Familia pone fin a la posibilidad de adopciones internacionales en Mali. Hasta que el art. 540 del citado Código no sea derogado o el Tribunal Constitucional maliense se pronuncie oficialmente reinterpretando el mismo, no se van a producir nuevas asignaciones.

Por otro lado, han comunicado que los expeditentes que tienen menor asignado van a seguir tramitándose hasta la constitución de la adopción.

1. Requisitos Legales

1.1 Legislación de referencia

  • Ha firmado el Convenio de la Haya, entrando en vigor el 1 de enero de 2007.
  • Código de la familia (Decreto nº 36, CMLN de 31/07/73).
  • Ley nº 62. 18 ANRM de 3/2/62 relativa a la nacionalidad.

1.2 Adoptantes

Para filiación adoptiva (adopción plena)

  • Edad: Tener 30 años cumplidos, en el caso de matrimonios, al menos, un cónyuge debe cumplir este requisito.
  • Estado Civil: Aceptan matrimonios, y mujeres solteras, viudas o divorciadas que tengan 30 años cumplidos. No se excluyen a los hombres solteros, viudos o divorciados, pero hay muchas reticencias a aceptar estar adopciones.
  • Hijos y/o hijas: No pueden tener hijas o hijos biológicos.
  • Tiempo de permanencia en el país: El país no requiere un tiempo de permanencia mínimo. Generalmente suele ser de una  semana, salvo que los trámites para la salida del /a menor se retrasen.
  • Se contempla la posibilidad de acceder a la adopción en aquellos casos que teniendo hijas o hijos biológicos se certifiquen anomálias congénitas, embarazos de riesgo o situaciones similares.

1.3 Menores

  • Para filiación adoptiva pueden ser adoptados o adoptadas niños/as menores de 5 años en situación de abandono o sin filiación conocida o cuyos progenitores hayan fallecido sin que tengan parientes que se hagan cargo de ellos o de ellas.

2. Criterios Técnicos de Selección

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

  • La legislación contempla dos modalidades de adopción-protección ( adopción simple con carácter local) y la filiación adoptiva ( adopción plena, siendo la preceptiva para adopción internacional)
  • La resolución adoptada por las autoridades locales tiene carácter judicial.

3.2 Efectos de la adopción

  • Adopción-Filiación: plena.
  • Crea entre adoptante y adoptado los mismos derechos y obligaciones que la filiación legítima.
  • La o el menor adoptado adquiere el apellido de la persona adoptante.
  • Es irrevocable.
  • El adoptado no pierde la nacionalidad maliense, excepto que lo solicite después de adquirir la española.

4. Procedimiento

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Solicitud dirigida a Director Nacional de la Promoción del Niño y de la Familia.
  • Solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Primera Instancia de Bamako
  • Certificado de nacimiento de los solicitantes.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de penales.
  • Certificado de salud física y mental.
  • Certificado de esterilidad o infertilidad, en su caso.
  • Fe de vida y estado.
  • Copia de pasaporte/D.N.I.
  • Certificado de residencia.
  • Certificado de moralidad emitido por la empresa de trabajo o una o un amigo que haya adoptado en Mali.
  • Certificado de situación económica.
  • Documento notarial manifestando quién se haría cargo del o la menor en caso de fallecimiento de las personas adoptantes.
  • Carta de motivación de la adopción.

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe psicológico
  • Informe social
  • Certificado de idoneidad
  • Compromiso de seguimiento.

4.2 Organismo público competente

MINISTERIO DE PROMOCION DE LA MUJER, LA INFANCIA Y LA FAMILIA.
Directione Nationale de la Promotion de la Femme, de l´Enfance et de la Famille
Cité UNICEF - Route de Niamakoro
B.P. 2688
BAMAKO (REPÚBLICA DE MALI)
Teléfono: +22320205303 - +22320205656
Fax: +22320205353
Correo electrónico: directionenfant@yahoo.fr

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • El expediente se tramita completo por la Entidad Pública o por O.A.A.I.
  • Todos los documentos deben ir legalizados y con traducción jurada al francés. (No es necesario la autenticación en el Consulado de Mali en España).

5.2 Tramitación en en el país

  • El expediente debe presentarse ante la DIRECTION DE L'ENFANCE ET LA FAMILLE del MINISTÉRE DE LA PROMOTION DE LA FEMME ET DE L'ENFANT de Mali quien una vez hecha la valoración del expediente, lo pasa a una comisión de asignación y posteriormente una persona miembro de la comisión lo presenta al Tribunal competente.

6. CONSULADO

  • Embajada de Mali en París
    Rue du Cherche-Midi, 89
    75006 PARIS
    Teléfono: 0145485843
    Fax: 0145485534
  • Embajada de España en Mali
    Hamadallaye-ACI2000
    Bamako, Mali

7. Seguimiento

  • Se enviará un informe semestral durante el primer año y un informe anual hasta la mayoría de edad del niño/a adoptado/a, con traducción simple al francés.
  •  Debido a problemas surgidos con el apartado de correos, la Embajada de España en Bamako acepta hacerse cargo de la entrega de los seguimientos postadoptivos a la Autoridad Central maliense.

8. O.A.A.I.

8.1 En Andalucía:

  • Asociación Guney Africa (Acreditada por la Junta de Andalucía el 23/03/2010 y por Mali el 24/12/2010) Se ha establecido un cupo inicial de 10 expedientes, 3 de los cuales se reservan a mujeres monoparentales.
    Avda. Emilio Lemos, nº 2 Módulo 706.2,  Edif. Torre Este
    41020 Sevilla
    Tfno. 954538262
    E-mail: guneyafrica@gmail.com 
    Tarifa: 9.573,4€

8.2 En otras Comunidades Autónomas:

  • Mundi Adopta: Madrid

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes:   6, Adopciones:   0
  • Año 2008: Expedientes:   0, Adopciones:   1
  • Año 2009: Expedientes: 11, Adopciones:   3
  • Año 2010: Expedientes: 14, Adopciones:   2
  • Año 2011: Expedientes: 36, Adopciones:   9
  • Año 2012: Expedientes: 12, Adopciones: 13
  • Año 2013: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2014: Expedientes: 0, Adopciones: 5 niños y 7 niñas
  • Año 2015: Expedientes: 0, Adopciones: 1 niño y 5 niñas
  • Año 2018: Expedientes: 0, Adopciones: 1 niño

10. Observaciones

Última actualización: 18/09/2020

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