Secretaría General de Inclusión Social

Información general

Ana Vanessa García Jiménez
Titular
Ana Vanessa García Jiménez
Sede
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Avda. Hytasa, nº 14
Sevilla, 41071
Teléfono: 955048638

Biografía

Nacida en Güéjar Sierra (Granada), es arquitecta por la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Granada y máster en Planeamiento y Gestión Urbanística e Inmobiliaria. Ha ejercido de manera libre su profesión hasta su elección como Parlamentaria Andaluza en marzo de 2012. Desde junio de 2003 y hasta la fecha, ha sido concejal del Ayuntamiento de Güéjar Sierra. Además, ha sido diputada por la provincia de Granada en el Parlamento de Andalucía durante las IX, X y XI legislaturas. En la Cámara autonómica ha ejercido de Portavoz en las Comisiones de Infancia y de Igualdad y Políticas Sociales, entre otras. Durante las dos últimas legislaturas ha sido también ponente de las leyes de Servicios Sociales de Andalucía; de Infancia y Adolescencia de Andalucía y de la norma por la que se modifica la Ley para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.

Funciones

1. A la persona titular de la Secretaría General de Inclusión Social le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 28 de la ley 9/2007, de 22 de octubre, y, en particular, las siguientes funciones:

a) El impulso y desarrollo de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, sin perjuicio de las competencias asumidas por el resto de los centros directivos de la Consejería.

b) La coordinación y desarrollo de actuaciones dirigidas al fomento de la investigación científica y la innovación en el ámbito de los servicios sociales de Andalucía; sin perjuicio de las competencias generales sobre investigación e innovación asignadas a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.

c) La coordinación del desarrollo del Sistema CoheSSiona, por el que se implementa la historia social única de Andalucía.

d) Y, en general, todas aquellas que le atribuya la normativa vigente y las que expresamente le sean delegadas.

2. Asimismo y sin perjuicio de las funciones de impulso, dirección y coordinación de los distintos órganos directivos que corresponden a la Viceconsejería, dependerán orgánica y funcionalmente de la Secretaría General de Inclusión Social, la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, la Dirección General de Personas con Discapacidad y la Dirección General de Políticas Migratorias