Proyectos integrales para la inserción laboral. Programa T-Acompañamos

Información actualizada el 26 de septiembre de 2025.

¿Qué es el Programa de Proyectos Integrales?

Es una iniciativa impulsada por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) a través de la Orden de 29 de septiembre de 2023, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral que tiene por objeto promover la inserción laboral, a través del desarrollo de Proyectos Integrales, de personas pertenecientes a colectivos vulnerables y personas jóvenes de 18 a 29 años, ambos inclusive.

¿A quién se dirige?

A efectos de este programa, serán personas destinatarias:

  • Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo pertenecientes a colectivos vulnerables. Se entiende por colectivos vulnerables aquellos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, en concreto los siguientes:

    • Personas con discapacidad.

    • Personas en desempleo de larga duración. Se considerarán personas desempleadas de larga duración aquellas que hayan permanecido en situación de desempleo durante doce meses dentro de los dieciocho meses anteriores al momento en que inicien su participación en el proyecto. 

    • Personas mayores de 45 años. 

    • Personas migrantes.

    • Personas en situación de exclusión social. A estos efectos, se considerarán en situación de exclusión social aquellas personas pertenecientes a los colectivos descritos en el artículo 3.3 del Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía.

    • Personas perceptoras de prestaciones, subsidio por desempleo o Renta Activa de Inserción.

  • Personas jóvenes desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo que tengan una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive, e inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

  • Sin perjuicio de lo anterior, en la correspondiente convocatoria se podrá delimitar las personas destinatarias a las que se dirige, de entre las establecidas en este apartado.

¿Qué entidades pueden ser beneficiarias?

Pueden solicitar la subvención:

  • Entidades de formación, inscritas como tales en el Registro Estatal, o Autonómico, de entidades de formación.
  • Entidades sin ánimo de lucro.
  • Empresas de inserción.
  • Las corporaciones locales y entidades locales autónomas andaluzas, así como las entidades vinculadas o dependientes de las mismas.

Cuantía de las ayudas y financiación

La cuantía total de la subvención a percibir por la entidad beneficiaria para el desarrollo del Programa de Proyectos Integrales se determinará en la resolución de concesión de la subvención en función del número de proyectos integrales que se soliciten, de conformidad con lo siguiente:

  1. Acciones para la atención: La cantidad a percibir por persona atendida será de 3.500 euros. En esta cuantía se incluye la cantidad de 528 euros en concepto de incentivo a la participación, para aquellas personas participantes que alcancen la consideración de persona atendida conforme a lo establecido en el punto 4 de loa orden . Se subvencionarán el 100% de las acciones.
  2. Acciones para la inserción: La cantidad a percibir por persona insertada, por cuenta ajena o que inicie una actividad emprendedora por cuenta propia, será de 2.500 euros siempre que cumplan los requisitos para ser considerada persona insertada conforme a lo establecido en el punto 4. Se subvencionarán el 40% de las acciones.

Convocatorias según las personas destinatarias

Desde la publicación de la orden reguladora, se han realizado las siguientes convocatorias que han ido destinadas a distintos colectivos al amparo de esta norma:

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