ACTIVIDAD ESTADÍSTICA

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Una de las funciones que tiene encomendada este organismo es la elaboración de estadísticas, con el fin de conseguir un diagnóstico lo más preciso posible sobre el fenómeno de la violencia de género.

MANUAL DE INDICADORES

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Para desarrollar mecanismos de observación y análisis de la evolución de la violencia de género en estos años, ha sido imprescindible la creación de un sistema de indicadores homogéneos que permitiera una evaluación coordinada y exhaustiva.

ACTIVIDAD INVESTIGADORA

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Desde su constitución el 10 de noviembre de 2010, el Observatorio ha mantenido labor muy activa en cumplimiento de las funciones que tiene asignadas, especialmente en la tarea de elaborar informes, estudios de investigación específicos y estadísticas sobre la violencia de género, con el fin de conseguir un diagnóstico lo más preciso posible sobre el fenómeno de la violencia de género, así como examinar las buenas prácticas para contribuir a su erradicación.

Grupos de Trabajo

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El Art.5 del. Decreto 298/2010, de 25 de mayo establece que el Pleno del Observatorio Andaluz de la Violencia de Género podrá acordar la creación de grupos de trabajo, con carácter permanente o para cuestiones puntuales, previa aprobación de la mayoría de votos emitidos.

Grupo de Trabajo sobre Seguimiento de los casos con resultado muerte

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Composición

bg-wrap-slideshow Instituto Andaluz de la Mujer

bg-wrap-slideshow Instituto Andaluz de la Mujer.

bg-wrap-slideshow Dirección General de Violencia de Género y Asistencia a Víctimas. Consejería de Justicia e Interior.

bg-wrap-slideshow Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil. Consejería de Justicia e Interior.

bg-wrap-slideshow Delegación del Gobierno. Unidad de coordinación en Violencia de género.

bg-wrap-slideshow Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

bg-wrap-slideshow Dirección General de Violencia de Género y Asistencia a Víctimas. Consejería de Justicia e Interior.

bg-wrap-slideshow Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil. Consejería de Justicia e Interior.

bg-wrap-slideshow Delegación del Gobierno. Unidad de coordinación en Violencia de género.

bg-wrap-slideshowTribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Coordinación: Instituto Andaluz de la Mujer

Funciones

Analizar de forma pormenorizada los casos de agresiones que han causado muerte en Andalucía por violencia de género, para que desde una visión multidisciplinar se valoren las circunstancias, indicadores, factores así como las posibles disfunciones o fallos en la actuación pública y en su coordinación, en caso de que la víctima hubiere presentado denuncia, así como protocolizar la información en relación a los casos de muerte.

 

 

Objetivos

bg-wrap-slideshow Realizar estudios de los casos de forma individualizada para valorar cada una de las circunstancias que concurran en los casos.

bg-wrap-slideshow Reflexionar sobre las concurrencias en los casos de agresiones con resultado muerte de los diferentes factores y variables para poder establecer conclusiones,(modus operandi, arma utilizada…etc.).

bg-wrap-slideshow Realizar un análisis de las víctimas mortales que nunca pasaron por un Centro de atención a la Mujer.

bg-wrap-slideshow Realizar análisis de los casos en que las víctimas mortales hayan sido atendidas por los Centros de la Mujer.

bg-wrap-slideshow Realizar análisis de los casos de víctimas mortales que hubieran interpuesto denuncia.

bg-wrap-slideshow Hacer el seguimiento de los casos en relación a la atención a hijos e hijas y demás familiares así como las Personaciones en los procesos judiciales abiertos contra el agresor.

bg-wrap-slideshow Examinar los procesos judiciales incoados previos a la muerte.

bg-wrap-slideshow Valorar las medidas judiciales (órdenes de alejamiento y/o protección) y en materia de seguridad impuestas en cada caso.

bg-wrap-slideshow Establecer un decálogo de los indicadores de riesgo (quebrantamientos, retiradas de denuncia, dispensa de declarar del 416).

bg-wrap-slideshow Valorar los efectos que los procesos judiciales por violencia de género violencia de que no haya una repuesta judicial severa (insatisfacción víctima/ impunidad del agresor).

bg-wrap-slideshow Establecer un protocolo de coordinación interadministrativa específico para casos de violencia con resultado muerte en relación a la información.

bg-wrap-slideshow Hacer propuestas y elevar a la comisión permanente actuaciones en materia de prevención e intervención para la mejora.

Estructura

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El art. 5 del Decreto 298/2010, de 25 de mayo, establece que el observatorio funcionará en Pleno, Comisión Permanente y Grupos de Trabajo. Esta estructura responde a la necesidad de hacer operativo un órgano muy complejo en relación a su constitución y alto nivel participativo.

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