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Jueves, 26 Noviembre 2020 12:34

Las personas beneficiarias de la dependencia podrán suspender el servicio temporalmente sin perder su derecho por la crisis sanitaria

El Consejo de Gobierno aprueba medidas para garantizar la continuidad de la prestación a las personas en situación de dependencia beneficiarias del servicio de ayuda a domicilio y atención residencial, como consecuencia de la crisis sanitaria.


 

La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación ha adoptado nuevas medidas de apoyo para garantizar la continuidad de la prestación de servicio a las personas en situación de dependencia. El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy medidas extraordinarias, adecuadas al contexto de crisis sanitaria actual, sobre la financiación del servicio de ayuda a domicilio y de los centros residenciales para personas mayores y personas con discapacidad.

La situación actual de aumento progresivo en el número de brotes declarados de Covi-19 hace que, en muchas ocasiones, las personas beneficiarias manifiesten su temor a recibir el servicio por miedo al contagio y solicitan una suspensión de su prestación hasta que las circunstancias presenten una mejoría. Para ello, se considera necesario aprobar nuevas medidas que permitan suspender temporalmente el servicio de forma voluntaria sin que esto  afecte a la extinción del mismo y sin que ello suponga un perjuicio económico para las entidades prestadoras del servicio y la destrucción de empleo en el sector.
                          
Atención residencial
Ante esta situación excepcional, se considera imprescindible aumentar el periodo de reserva de plaza ante una ausencia voluntaria de los centros de atención residencial durante sesenta días más al año (en la actualidad se establece un máximo de treinta días). Esta medida será de aplicación a las salidas voluntarias iguales o superiores a 20 días consecutivos, realizadas desde la fecha de publicación de la medida y como máximo hasta el 28 de febrero de 2021.

Con respecto a la financiación por las plazas reservadas durante ausencias temporales y con el objeto de no perjudicar a las entidades prestadoras del servicio, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA), abonará la diferencia resultante entre el coste de cada plaza y la cantidad abonada por la persona beneficiaria. Si la persona tiene reconocida una prestación vinculada al servicio, se le seguirá abonando siempre y cuando satisfaga efectivamente el pago al centro. De esta forma, se pretende minimizar las repercusiones económicas de las entidades gestoras de la atención residencial y promover la continuidad de prestación de este servicio a las personas beneficiarias.
    
Servicio de ayuda a domicilio
Por su parte, con respecto al servicio de ayuda a domicilio, en los casos en los que las personas beneficiarias soliciten voluntariamente, por causa de minimizar los riesgos de contagio del Covid-19, la suspensión total o parcial del servicio, la ASSDA financiará la cantidad que corresponde con la intensidad aprobada en el Programa Individual de Atención (PIA). Dichos abonos quedan vinculados al compromiso de la entidad prestadora del servicio de mantener el empleo mientras esté vigente el presente acuerdo.

En todo caso, las entidades prestadoras del servicio de ayuda a domicilio verificarán que la persona queda debidamente atendida en todas sus necesidades preferentemente por vía telefónica o telemática y proporcionarán aquellas tareas que, no estando previstas inicialmente, la persona necesite, garantizándose cuando sea necesario la atención de carácter personal que no requiera contacto físico.

Las medidas aprobadas tienen la finalidad de prevenir y proteger a la población más vulnerable ante el coronavirus, como son las personas mayores en situación de dependencia, a la vez que garantizan un equilibrio entre la necesidad de proteger, no solo la salud física sino también la mental, de las personas beneficiarias, al mismo tiempo que se favorece la actividad económica de las entidades prestadoras y el mantenimiento del empleo.