Saltar al contenido

Requerimiento subsanaciones ROSA REGÀS XVIII

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y tras el examen de las mismas, procede conforme al artículo 15 de la Orden de 24 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de los Premios «Rosa Regàs» a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo, la apertura del plazo de subsanación, requiriendo de manera conjunta a las personas o entidades interesadas para que en el plazo de cinco días hábiles subsanen la falta o acompañen los documentos precisos a la solicitud presentada, indicando que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidas en su solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El documento de subsanación de solicitudes se ajustará al modelo que figura como Anexo de este requerimiento y será firmado y presentado en cualquiera de los medios indicados en el artículo 13.1 de la Orden de 24 de enero de 2012 anteriormente citada.

Documentos relacionados

Nodo: sv0205.ced.junta-andalucia.es
Ir al inicio