Regulación y estructura de los Agentes Medioambientales

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Los Agentes Medioambientales son funcionarios públicos especializados en la protección, vigilancia, custodia e inspección del medio ambiente y los recursos naturales. Actúan como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones y ejercen labores de policía administrativa especial en materia medioambiental y forestal 

La norma estatal que regula actualmente a los agentes medioambientales y forestales en España es la Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Es la primera ley estatal específica para este colectivo que crea el marco jurídico básico común.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía la Ley 3/2025, de 12 de diciembre, de Agentes Medioambientales de Andalucía, desarrolla a nivel regional los principios establecidos por la Ley básica estatal y adapta la regulación a las competencias medioambientales que corresponden a la Junta de Andalucía.

Mediante esta ley, la Junta de Andalucía crea y regula los Cuerpos de Agentes Superior, Ejecutivo, Técnico y Operativo de Agentes Medioambientales dotándolos de un marco jurídico propio, atendiendo a distintos niveles de responsabilidad y cualificación. Esta nueva organización permite el desarrollo de una carrera profesional completa del personal funcionario y una mejor distribución de funciones:

  1. El Cuerpo Superior de Agentes Medioambientales desempeñará las funciones de planificación, dirección, asesoramiento y coordinación, supervisión e inspección. 
  2. El Cuerpo Ejecutivo de Agentes Medioambientales desempeñará las funciones de inspección, así como apoyo a la coordinación y a la supervisión.
  3. El Cuerpo Técnico de Agentes Medioambientales desempeñará las funciones técnicas y de asistencia a la inspección.
  4. El Cuerpo Operativo de Agentes Medioambientales desempeñará las funciones básicas.