0
2.000.000 4.000.000 6.000.000 8.000.000 10.000.000 12.000.000 *
* Variable:
Carga equivalente (hab/eq).
En este gráfico se recogen todas las aglomeraciones que cuentan con EDAR o están en construcción, actualizadas según la Estrategia de Depuración
2010-2015 de Andalucia, incluidas las menores de 2.000 hab-eq. Los datos de carga equivalente se refieren al número teórico de personas que generarían
un volumen de aguas residuales equivalente a la suma de las producidas por la población, la industria, y las actividades agropecuarias, actualizados
según el Nomenclátor 2010.
Fuente:
Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente. Red de Información Ambiental de Andalucía, 2013.
81,03 %
En funcionamiento
15,98%
Resto carga
equivalente
2,99%
En construcción
En funcionamiento
2.350.397
Resto carga equivalente
439.513
En construcción
11.919.300
65
Saneamiento y depuración
de aguas residuales
En enero de 2007 el Consejo Andaluz del Agua aprobó la Estra-
tegia de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales
Urbanas, actualizada en 2010. Dentro de ésta se están desarro-
llando programas de adecuación y mejora de infraestructuras
para mejorar la calidad de las aguas de nuestros ríos y alcanzar
el buen estado de todas las masas de agua en el año 2015.
En 2012, la capacidad de depuración en los municipios andalu-
ces continúa con su tendencia positiva, de forma que sigue
aumentando el número de depuradoras en funcionamiento,
pasando de una carga equivalente depurada de 11.730.143 hab/
eq en 2011 a 11.919.300 hab/eq en 2012. A pesar de ello, la carga
contaminante equivalente sin conectar a un sistema de trata-
miento acorde con el nivel de depuración establecido es aún
elevado, superando los dos millones de habitantes equivalen-
tes, como se observa en la tabla adjunta bajo el epígrafe
resto
de carga contaminante
.
Gestión de avenidas e inundaciones
El Plan de Prevención de Avenidas e Inundaciones en cauces
urbanos andaluces (PCAI) constituye el marco general de inter-
vención en la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia
de prevención de avenidas e inundaciones, y tiene como obje-
tivo general prevenir y minimizar los riesgos por inundaciones
en los núcleos urbanos andaluces.
En el ámbito europeo, la Directiva Marco de Agua incluyó entre
sus objetivos que el marco para la protección de las aguas debe
contribuir a paliar los efectos de las inundaciones y sequías. No
obstante, el fenómeno de las inundaciones ha sido objeto de
desarrollo especifico mediante la Directiva 2007/60/CE, del Par-
lamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007,
relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación,
cuya transposición al ordenamiento jurídico español se realizó
a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación
y gestión de riesgos de inundación.
Por su parte, la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Anda-
lucía incorpora al ordenamiento jurídico andaluz las
principales decisiones de dicha Directiva en materia de pre-
vención del riesgo de inundación. Así, con objeto de dar
cumplimiento a la normativa citada se elaboró, por parte de la
Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, un docu-
mento de evaluación preliminar del riesgo de inundación
sobre la base de la información disponible, con objeto de pro-
porcionar una evaluación del riesgo potencial. De la misma
forma, la normativa obliga a establecer mecanismos que per-
mitan la participación activa de las partes interesadas en dicha
evaluación preliminar. Para dar cumplimiento a esta exigencia
se sometió a consulta pública durante el plazo de un mes y
medio (desde el 15 de noviembre al 31 de diciembre de 2011), la
Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundaciones en Andalucía
de las Demarcaciones Hidro-
gráficas del Tinto-Odiel-Piedras,
Guadalete-Barbate, y de las Cuen-
cas Mediterráneas Andaluzas.