Subvenciones en materia de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas 2021

Convocatoria para el año 2021 de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales andaluzas, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional en Andalucía.

Con fecha 4 de agosto de 2021 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 28 de julio de 2021 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.

Solicitudes

La presentación de las solicitudes se hará, exclusivamente, a través de la aplicación informática de gestión de la FPE (en adelante GEFOC entidades) ubicado en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.

Las entidades solicitantes presentarán para su financiación un proyecto de programación formativa, que contemplará todas las acciones formativas a las que concurran y que estarán dirigidas a los siguientes colectivos contemplados en esta convocatoria:

  1. Personas trabajadoras desempleadas de larga duración que requieran de recualificación profesional. Éstas deben estar en posesión de una titulación de técnico/a o técnico/a superior de FP o un certificado de profesionalidad (en adelante CP) de nivel 2 o de nivel 3, obtenida con anterioridad al año 2015, del mismo nivel y Familia profesional de la acción formativa solicitada
  2. Mujeres desempleadas en situación de vulnerabilidad
  3. Personas trabajadoras desempleadas con dificultades para su integración en el mercado de trabajo, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
    • Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción social o de ingreso mínimo vital
    • Personas en desempleo de larga duración
    • Personas desempleadas mayores de 45 años
  4. Personas desempleadas con déficit de formación, que no hayan obtenido el título de Enseñanza secundaria obligatoria (en adelante ESO) o equivalente
  5. Personas desempleadas con discapacidad física, mental, intelectual o sensorial
  6. Personas desempleadas inmigrantes

Estas acciones formativas se impartirán en la modalidad presencial y deben estar incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas.

Financiación y cuantía

El crédito presupuestario de la convocatoria asciende a sesenta millones de euros (60.000.000 €).

Podrán solicitar esta subvención

Las entidades locales previstas en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, acreditadas y/o inscritas, a fecha de publicación de esta convocatoria, en el correspondiente Registro de Centros y Entidades colaboradoras de Formación Profesional para el Empleo de Andalucía.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 35 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto de convocatoria, que ha sido objeto de publicación el 4 de agotos de 2021. Por tanto, el plazo de presentación de solicitudes será del 5 agosto al 23 de septiembre de 2021 (ambos inclusive).

Lugar de presentación de solicitudes

La presentación de las solicitudes se hará, exclusivamente, a través de la aplicación informática de gestión de la formación profesional para el empleo (en adelante GEFOC entidades) ubicado en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo mediante modelos normalizados que figuran como Anexo I y Anexo I bis de la presente convocatoria e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.

Las entidades podrán remitir sus consultas a la siguiente dirección de correo electrónico: colectivos2021.dgfpe.cefta@juntadeandalucia.es

Fase de subsanación

Si la solicitud presentada en esta convocatoria de subvenciones no reuniera los requisitos establecidos se deberá tramitar una solicitud de subsanación a través de GEFOC entidades. Cualquier duda o consulta puede dirigirse a colectivos2021.dgfpe.cefta@juntadeandalucia.es.

Se procede a la publicación el día 8 de octubre de 2021 del anuncio de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se da publicidad al requerimiento de subsanación de las solicitudes para la concesión de subvenciones convocadas por la Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas para el año 2021. El plazo de subsanación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio.

Propuesta provisional de concesión

Se procede a la publicación el día 8 de noviembre de 2021 de la Propuesta de Resolución Provisional de 8 de noviembre de 2021 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se propone la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas para el año 2021, conforme a lo previsto en el apartado 19 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras de subvenciones aprobado por Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.

Se concede un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta propuesta provisional, a las entidades beneficiarias provisionales para que utilizando el formulario del Anexo II de la Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, puedan ejercer sus derechos conforme a lo establecido en el resuelve decimotercero de la mencionada Resolución de convocatoria.

Resolución de inadmisión y desistimiento

Se procede a la publicación el día 8 de noviembre de 2021 de la Resolución de 5 de noviembre de 2021 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se declara la inadmisión y el desistimiento de las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria efectuada por la Resolución de 28 de julio de 2021 de subvenciones públicas en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas

Resolución de concesión

Resolución de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la concesión de subvenciones públicas de las convocadas por Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, en la modalidad de Formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas para el año 2021, de las previstas en la orden del 3 de junio de 2016.

Preguntas frecuentes

Si necesitas más información respecto a estas subvenciones consulta: Preguntas frecuentes (pdf)

Normativa

  • Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.
  • Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas, de las previstas en la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.
  • Extracto de la Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas, de las previstas en la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas.
  • Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se modifica el resuelve tercero de la Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas, de las previstas en la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de formación profesional para el empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas. 
  • Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la ampliación del plazo de inicio y ejecución de las acciones formativas dispuesto en la Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas, de las previstas en la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de formación profesional para el empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas
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