Territorios Palestinos (Belén)

Importante (Julio 2012): El Consulado General de España en Jerusalén ha venido detectando graves irregularidades en los procedimientos de adopción en los Territorios Palestinos a través del Orfanato de las Hijas de la Caridad de Belén.

Dado que no se están respetando los principios básicos de las normas internacionales y españolas de adopción, los Directores/as Generales de Infancia en la reunión del 17/7/2012 han acordado suspender la tramitación de adopciones en dicho país y solicitar al Consulado de España la devolución de los expedientes que no se han enviado al Orfanato de las Hijas de la Caridad.

1. Requisitos Legales

1.1 Legislación de referencia

1.2 Adoptantes

1.3 Menores.

2. Criterios Técnicos de Selección

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

3.2 Efectos de la adopción

4. Procedimiento

  • Todos los documentos deben estar legalizados y traducidos al inglés por un traductor jurado, (excepto las fotos).

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Carta de solicitud al Centro de Belén "Foyer de la Sainte famile".
  • Carta de Solicitud de adopción al Tribunal Eclesiástico del Patriarcado Latino de Jerusalén.
  • Fotografía reciente de las personas solicitantes y de su vivienda.
  • Certificado de matrimonio religioso.
  • Partida de nacimiento de los adoptantes.
  • Certificado médico de infertilidad.
  • Certificado médico que declare ausencia de enfermedades contagiosas.
  • Extracto bancario que demuestra que los adoptantes tienen medios para mantener al adoptado o a la adoptada.
  • Fotocopia de la Ley de Adopción del Estado de los adoptantes.
  • Certificado de penales.
  • Copia legalizada ante notario de los pasaportes de los solicitantes.

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe Psicológico.
  • Informe Social.
  • Certificado Idoneidad.

4.2 Organismo público competente

  • Patriarcado Latino de Jerusalén.

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • Los expedientes deben tramitarse completos a través de la Entidad Pública.

5.2 Tramitación en en el país

  • La competencia exclusiva sobre materias del estatuto personal de los palestinos y palestinas de origen católico y, entre ellas, sobre la adopción de los huérfanos y huérfanas palestinos de origen católico reside en el Patriarcado Latino de Jerusalén.
  • La competencia para la tramitación de expedientes de adopción, ha sido atribuida por el patriarcado latino de Jerusalén a la Comunidad religiosa de las Hijas de la Caridad "Foyer de la Sainte famile", de Belén.
  • Que la competencia para constituir adopciones plenas en estos casos le corresponde, según la legislación Palestina en vigor, al Tribunal Eclesiástico de Jerusalén y que en sus sentencias constitutivas de la adopción fija que:
    - el menor o la menor ha sido abandonado por los padres renunciando a sus derechos.
    - que los adoptantes disponen de medios económicos para hacer frente a las necesidades del menor o la menor de manera digna.
    - que los adoptantes no padecen enfermedades contagiosas ni tienen antecedentes penales.
    - que proceden de familias cristianas y son capaces de desarrollar una relación paterno-filial con el adoptado o adoptada.
  • Una vez recibida la documentación en el Consulado de España en Jerusalén, éste la entrega al Foyer de la Sainte Famile, que a su vez la presenta para su resolución al Tribunal Eclesiástico de Jerusalén. En ningún caso, deben presentarse los expedientes directamente ante dicha Institución.
  • En cuanto al tiempo mínimo de estancia de la familia en el país, éste depende del tiempo de duren los trámites judiciales y por otra, del tiempo mínimo de adaptación adoptantes-adoptdo, aunque no suele exceder de una o dos semanas.

6. Embajadas/Consulados

  • Consulado General de España en Jersulalén
    Sheikh Jarrah
    Jerusalén
    Fax.: +972 (02) 5326731

7. Seguimiento

8. O.A.A.I.

8.1 En Andalucía:

8.2 En otras Comunidades Autónomas:

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2008: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2009: Expedientes: 2, Adopciones: 1
  • Año 2010: Expedientes: 3, Adopciones: 1
  • Año 2011: Expedientes: 2, Adopciones: 0
  • Año 2012: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2013: Expedientes: 0, Adopciones: 0

10. Observaciones

De acuerdo a la legislación local vigente sobre adopciones, el número total de adopciones internacionales posible no suele exceder de 1 ó 2 anuales y hay años en los que no tiene lugar ninguna.

Última modificación: 05/11/2015

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