Agentes que intervienen en la justicia juvenil

Juzgados de menores

Los jueces y juezas de menores, con categoría de magistrados, son los competentes para conocer de los hechos cometidos por las personas mayores de 14 años y menores de 18 cuando hayan cometido hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal y leyes penales especiales, resolver el procedimiento y hacer ejecutar las sentencias. También conocen de las responsabilidades civiles derivadas de los hechos.

El ministerio fiscal

Corresponde al ministerio fiscal la defensa de los derechos que a los menores reconocen las leyes, así como la vigilancia de las actuaciones que deban efectuarse en su interés y la observancia de las garantías del procedimiento, para lo cual dirigirá personalmente la investigación de los hechos y ordenará que la policía judicial practique las actuaciones necesarias para la comprobación de aquellos y de la participación del menor en los mismos, impulsando el procedimiento.

La entidad pública

La Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, en relación con la ejecución de las medidas judiciales impuestas a menores, se encarga de planificar, coordinar, gestionar y supervisar los recursos ubicados en la comunidad autónoma. Igualmente tiene encomendado el diseño de los proyectos y programas socioeducativos que se llevan a cabo en estos recursos.

Las competencias para la tramitación de expedientes de menores y seguimiento de recursos están delegadas en la Delegación Territorial de esta consejería.

Los equipos técnicos

Los equipos técnicos están formados por personal especializado en psicología, educación y trabajo social cuya función es asistir técnicamente en las materias propias de sus disciplinas profesionales a los jueces de menores y al ministerio fiscal. Dependen orgánicamente de la comunidad autónoma y están adscritos a los juzgados y fiscalías de menores.

Centros y servicios de justicia juvenil

Centros de internamiento de menores infractores

Los centros de internamiento de menores infractores (CIMI) son establecimientos especializados para la ejecución de medidas privativas de libertad y medidas cautelares de internamiento impuestas por los juzgados de menores de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores

Estos recursos trabajan desde una doble perspectiva, sancionadora y educativa, configurando un marco de atención integral y una intervención educativa altamente estructurada y orientada hacia el desarrollo personal y social, de conformidad con los principios de igualdad entre mujeres y hombres, con el objeto de facilitar la evolución del menor infractor para incorporarse a la vida en libertad.

En el siguiente mapa puedes ver cómo se distribuyen estos recursos por la geografía andaluza. 

Mapa CIMI en Andalucía 2021

Centros y servicios de medio abierto

Grupos educativos de convivencia (GEC)

Son recursos residenciales para la ejecución de la medida de convivencia con grupo educativo. La persona menor infractora sometida a esta medida debe convivir durante el tiempo establecido por el Juzgado de Menores en un grupo educativo de convivencia, apartada temporalmente de su ambiente familiar. El GEC le debe proporcionar al menor un contexto socializador para el aprendizaje de normas y pautas de convivencia con el fin de favorecer su proceso de socialización, autonomía personal, responsabilidad y compromiso social dirigido al retorno a su núcleo familiar y social.

En el mapa que se reproduce a continuación podemos ver como se distribuyen los GEC en Andalucía. 

Mapa GEC Andalucía

Servicio integral para la ejecución de medidas de medio abierto (SIMA)

El SIMA es un recurso no residencial, que se configura como modelo de intervención integral en las medidas no privativas de libertad, con el objetivo fundamental de alcanzar la eficiencia y la eficacia en el trabajo con los menores infractores e infractoras, realizando sus propios programas y derivando o incluyendo al menor en aquellos recursos externos que considere necesarios: sanitarios, educativos, formativos, laborales o de ocio, para facilitar su proceso de socialización e integración en el marco comunitario y su desvinculación de las conductas delictivas.  

El SIMA desarrolla todas las tareas inherentes a la ejecución de las medidas siguientes de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM):

  • Tratamiento Ambulatorio. 
  • Permanencia de Fin de Semana en domicilio.
  • Libertad Vigilada.
  • Convivencia con otra persona o familia.
  • Prestaciones en beneficio de la comunidad.
  • Realización de tareas socio-educativas.

Centro de Día (CD)

Es un recurso no residencial para la ejecución de la medida judicial de “asistencia a un centro de día” regulada en la LORPM, favoreciendo la integración de los menores en actividades socioeducativas tales como el desarrollo personal y de la competencia social, el apoyo escolar, formativo o laboral, así como otras actividades de carácter cultural, de ocio y tiempo libre educativo. Los menores residen en su domicilio habitual y acuden al centro de día, plenamente integrado en la comunidad, con objeto de afianzarlos en los circuitos sociales normalizados y prevenir la reincidencia.

Asimismo, el centro de día se constituye como el lugar donde los menores derivados por el servicio integral de medio abierto, por los grupos educativos de convivencia y por los servicios de mediación, desarrollen programas y talleres que complementen la ejecución de sus medidas o las reparaciones y actividades socio-educativas en el caso de las mediaciones.

Servicios de mediación penal de menores

El Servicio de Mediación, tanto extrajudicial como intrajudicial, se configura como un servicio de apoyo en sus funciones a las Fiscalías y Juzgados de Menores, a fin de ofrecer un modelo alternativo de resolución de conflictos a los menores, siempre al amparo de la LORPM.

La Mediación es una actuación de intervención alternativa o complementaria en el proceso judicial y tiene su base en una actitud pacificadora entre las partes. Así pues, las partes en conflicto, a través del desarrollo de un proceso en el que se generan encuentros individuales y conjuntos, analizan el mismo, y buscan una solución que satisfaga a ambas partes, especialmente a la víctima.

Mapa de Servicios Integrales de Medio Abierto y Centros de día en Andalucía (SIMA)

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