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Ayudas por desplazamiento 2017/2018: Alegaciones a la resolución provisional

Una vez publicada la resolución provisional por la que se conceden ayudas al alumnado que realiza la formación práctica de la formación profesional dual en empresas o entidades situadas a una distancia superior a 5 km desde el centro en el que está matriculado, aquellos interesados en presentar alegaciones a la misma dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de su publicación.

Dichas alegaciones deberán realizarse a través de la cumplimentación de un formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación.

Una vez cumplimentado, el formulario electrónico deberá imprimirse, firmarse y entregarse en el centro educativo en el que se encuentre matriculado el solicitante. 

Dicho formulario puede acompañarse de la documentación que se considere necesaria, debiendo hacerse referencia a la misma en el formulario así como entregarse en el centro educativo junto con éste.

Entre los posibles motivos de desestimación de estas ayudas se encuentra el que "Algún miembro de la unidad familiar, mayor o igual de 16 años, no tiene renta". A continuación se facilitan modelos de declaración responsable sobre ingresos, en relación a este motivo de desestimación, que pueden adjuntarse al formulario de alegaciones cuando éste se presente en el centro educativo.

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