Personas ya habilitadas
- Podrán ser seleccionadas para participar en los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales que se convoquen.
- Podrán participar, cuando se publiquen, en convocatorias de:
- Disponibilidad y preferencias de participación en futuras convocatorias del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias.
- Ampliación de su habilitación en otras cualificaciones para las que no lo estuvieran, sin necesidad de realizar de nuevo el curso.
- Actualización de la puntuación con la que figuren en el registro de personas asesoras y evaluadoras de la Administración Andaluza.
- Inclusión en el registro de personas asesoras y evaluadoras de la Administración Andaluza, en el caso de haber obtenido la habilitación en otra comunidad autónoma.
- En ningún caso, podrán simultanear su condición con la de persona candidata dentro de la misma cualificación profesional o de la misma comisión de evaluación de un mismo procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales. Asimismo, no podrán participar como personas tanto asesoras como evaluadoras de un mismo candidato.
Opciones
Nodo: sv0204.ced.junta-andalucia.es