Acuerdos voluntarios

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible promueve la celebración de acuerdos voluntarios que tengan por objeto la mejora de las condiciones legalmente establecidas en materia de medio ambiente. Estos acuerdos están basados en el compromiso y esfuerzo de asociaciones, empresas o particulares, en el marco del uso eficiente de los recursos y el respecto al medio ambiente.

La Administración ambiental de la Junta de Andalucía ha venido celebrando acuerdos voluntarios desde la asunción de competencias, y de manera especial, en aquellos ámbitos territoriales en los que, para reforzar la cautela administrativa sobre determinados impactos ambientales, era necesario contar con el compromiso y el esfuerzo del sector privado.

Como último referente, la propia Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) asume entre sus fines la promoción de instrumentos voluntarios para la mejora ambiental. Entre dichos instrumentos, incluye y desarrolla la figura del Acuerdo voluntario como mecanismo para mejorar las condiciones ambientales legalmente establecidas (Art. 111 y 112).

Los acuerdos voluntarios podrán ser:

  • Acuerdos  celebrados  entre  los  agentes  económicos  y  sociales  y  la  Consejería  competente  en  materia  demedio ambiente u otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía.
  • Compromisos del sector industrial con alguno de los órganos que integran la Administración de la Junta de Andalucía, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de medio ambiente.
  • Acuerdos que tengan como objeto la protección del medio ambiente celebrados entre personas físicas o jurídicas  y  la  Consejería  competente  en  materia  de  medio  ambiente  u  otros  órganos  de  la  Administración  de  la Junta de Andalucía.

En el supuesto de celebración de acuerdos voluntarios por empresas, éstas informarán a la representación legal de los trabajadores sobre el objeto y contenido de los acuerdos voluntarios, con carácter previo a la celebración de los mismos.

El Acuerdo voluntario puede celebrarse con cualquier órgano de la Administración de la Junta de Andalucía, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de medio ambiente. Los acuerdos que se firmen, aún siendo voluntarios, generan obligaciones para las partes firmantes.