
Las solicitudes de autorización para la producción de contenidos audiovisuales en el dominio público marítimo-terrestre se presentan de forma recurrente cada año, en gran medida como consecuencia del atractivo y la diversidad paisajística del litoral andaluz. En este contexto, el sector audiovisual ha venido manifestando la necesidad de agilizar la tramitación y resolución de dichas solicitudes, atendiendo a las particularidades inherentes a esta actividad.
En su sesión de 7 de junio de 2023, la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras acordó la asignación del proyecto “Creación de un ecosistema audiovisual y de contenidos digitales en Andalucía” a la Unidad Aceleradora de Proyectos de la Junta de Andalucía. Posteriormente, en su sesión de 12 de junio, el Consejo de Gobierno acordó tomar razón de esta asignación. En virtud del artículo 8.5 del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, los proyectos asignados a la Unidad Aceleradora de Proyectos tienen tramitación preferente y urgente ante la Administración pública andaluza.
En octubre de 2023 el Consejo de Gobierno aprobó la Estrategia Andaluza para la Creación Audiovisual y de Contenidos Digitales (mediante Acuerdo de 17 de octubre de 2023), y se constituyó el Clúster Audiovisual y de Contenidos Digitales de Andalucía. Este clúster es una de las actuaciones previstas en la Estrategia. Además, se incluye un eje de Apoyo Público en el que se plantean medidas de simplificación administrativa.
A partir del marco expuesto, se publica la presente guía:
El conocimiento previo de la documentación exigible constituye un elemento fundamental que puede influir en la reducción de los plazos de tramitación y resolución del procedimiento administrativo, que se lleva a cabo en las Delegaciones Territoriales competentes en materia de ordenación y gestión del litoral en el ámbito territorial correspondiente.
Asimismo, la difusión de otros condicionantes o hitos necesarios contribuirá al desarrollo sostenible y ordenado de esta actividad en el litoral andaluz.
Contenido de la guía
Esta guía básica reúne la información necesaria para la tramitación de solicitudes de autorización de uso u ocupación del dominio público marítimo-terrestre en el contexto de actividades audiovisuales, sin perjuicio de que algunos de sus contenidos puedan resultar de utilidad para otros ámbitos de actividad.
Su finalidad es recoger las exigencias normativas aplicables a este tipo de actuaciones, incorporando además orientaciones prácticas derivadas de la experiencia administrativa y diversos recursos de utilidad. Con ello se busca facilitar la correcta presentación de las solicitudes y contribuir a una tramitación más ágil y favorable, en beneficio tanto de los promotores de dichas actuaciones como del personal técnico encargado de su instrucción.
Se aborda desde el propio formulario de solicitud hasta la documentación técnica que debe acompañarla, así como otros requisitos y consideraciones relevantes. De manera específica, la guía se estructura, y desarrolla, en los siguientes apartados:
- Objetivos
- Solicitud de autorización
- Documentación a presentar junto con la solicitud
- Después de la solicitud
Acceso a los diferentes trámites
Esta guía está orientada, en particular, a la actividad audiovisual que se desarrolla habitualmente en el dominio público marítimo-terrestre (DPMT) (art. 3 de la Ley de Costas). Sin embargo, en determinados casos la actuación puede extenderse también a la zona de servidumbre de protección (ZSP) (art. 23 de la Ley de Costas), lo que requeriría adicionalmente la solicitud y obtención de una autorización de uso en ZSP, a fin de verificar su compatibilidad con las limitaciones de uso establecidas (art. 25).
El procedimiento administrativo que debe solicitarse para realizar una actividad audiovisual en el DPMT es el de Autorización de uso u ocupación en Dominio Público Marítimo-Terrestre. Se trata del trámite denominado "DPMT: Autorización de uso u ocupación", al que únicamente puede accederse, iniciar y presentar la solicitud desde el botón "ACCESO AL TRÁMITE" que dirige a la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, y no otro.
No obstante, si como se ha dicho la actividad afecta también a terrenos situados en ZSP, será necesario tramitar una autorización específica e independiente para este ámbito. Se trata del trámite denominado DPMT: Autorización de uso en ZSP, al que únicamente puede accederse, iniciar y presentar la solicitud desde el botón "ACCESO AL TRÁMITE" que dirige a la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, y no otro.
En los casos en que la actuación prevista en ZSP esté directamente vinculada a la ocupación del DPMT (por ejemplo: cuando se utilizan accesos desde la playa, existe continuidad de instalaciones o si se trata de espacios auxiliares, etc.), la autorización en ZSP no podrá otorgarse hasta que se haya concedido previamente el título administrativo correspondiente al DPMT.
Para determinar si la actuación afecta a DPMT y/o ZSP, se puede utilizar el visor del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que se encuentra disponible en el Visor del Dominio Público Marítimo‑Terrestre (el DPMT se identifica como el espacio comprendido desde el Límite DPMT establecido hacia el mar, y la ZSP como el espacio comprendido entre el anterior y el Límite SP).
