
De conformidad con la Carta de Servicios de los Agentes de Medio Ambiente (Orden de 1 de diciembre de 2005), este colectivo desarrolla sus funciones en las siguientes áreas de trabajo:
- Gestión específica de los Espacios Naturales Protegidos: en esta área realizan todos los servicios propios de los Agentes de Medio Ambiente (vigilancia, informes, actas de inspección, de denuncias, etc.), haciendo especial incidencia en el control de actuaciones sometidas a autorización administrativa y en la verificación del cumplimiento de la obligación de restaurar terrenos afectados.
- Gestión y desarrollo forestal: los Agentes, participan de forma directa en el seguimiento, vigilancia y buena ejecución de numerosas actuaciones, tales como obras, tratamientos selvícolas, ordenaciones de montes, aprovechamientos forestales, entre otros.
- Prevención, investigación y extinción de los Incendios Forestales: frente al fuego, los Agentes de Medio Ambiente, trabajan en tres frentes, la prevención, la extinción y la investigación de causas de los mismos.
- Gestión cinegética: en la actividad cinegética, los Agentes de Medio Ambiente, revisan, inspeccionan e informan todos los tipos de lances, así como los cotos, granjas cinegéticas, repoblaciones, etc.
- Gestión de la pesca continental: los Agentes de Medio Ambiente, velan por el control de la pesca continental; vigilando las artes y escenarios de pesca así como los medios e instalaciones relativas a la misma.
- Prevención y calidad ambiental: en el área de la Prevención y Calidad Ambiental, los Agentes de Medio Ambiente, prestan servicio frente a toda fuente de emisión al medio, inspeccionando las industrias y realizando controles periódicos de todas las emisiones, así como cualquier alteración del medio ambiente.
- Gestión de las vías pecuarias: los Agentes de Medio Ambiente, inspeccionan y controlan toda actividad que se realice en la red de vías pecuarias; participando asimismo en las distintas fases de los procedimientos administrativos que conllevan los deslindes de las mismas.
- Litoral: la vigilancia de la zona litoral, los usos e intervenciones reguladas por la Ley de costas, están supervisadas, inspeccionadas e intervenidas por los Agentes de Medio Ambiente.
- Gestión de la flora y la fauna: el control sobre las diversas alteraciones en las poblaciones de la fauna y la flora silvestre, es un área de especial dedicación de los Agentes de Medio Ambiente, vigilando el control de las distintas especies y sus comunidades animales y vegetales, evitando con esto las agresiones a las poblaciones y sus individuos.
- Gestión del uso público: la labor de los Agentes de Medio Ambiente, conlleva la información a la ciudadanía de los derechos, usos y buenas prácticas de las diversas instalaciones del Uso Público en el medio natural.
- Seguridad y emergencias: los Agentes de Medio Ambiente, como Agentes de la Autoridad, colaboran con los distintos cuerpos en los casos de emergencias, catástrofes y accidentes.