Contenido mínimo de los planes autonómicos

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En el anexo VII de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, especifica el contenido mínimo obligatorio para los planes autonómicos:

  • Alcance: tipo, cantidad y origen de los residuos generados, residuos importados/exportados, y la evaluación de la gestión actual.
  • Objetivos de reciclado: establecimiento de metas cuantificables para la preparación para la reutilización, el reciclado y la valorización de los residuos (municipales, envases, RCD, etc.).
  • Red de instalaciones: identificación de la red necesaria de instalaciones de eliminación (vertederos e incineradoras) y de valorización (plantas de reciclaje), aplicando el principio de autosuficiencia y proximidad.
  • Análisis DAFO: evaluación de las debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades de la gestión actual.
  • Financiación: estimación de los costes de la gestión y la financiación necesaria para alcanzar los objetivos.