Subvenciones a entidades locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe. 2021

Datos básicos

Estado: plazo de solicitudes abierto desde el día 17/04/2021 al 20/06/2021 inclusive.

Carácter: No competitivo.

Consulta a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios el estado del procedimiento

Finalidad: Financiar las actuaciones necesarias para la restitución de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de municipios y entidades locales autónomas dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el periodo comprendido entre el 01/07/2019 a 13/06/2021, ambos inclusive, con el fin de restablecer en las zonas siniestradas el normal funcionamiento de servicios públicos locales, en beneficio de la comunidad vecinal.

Fecha límite: 20 de junio de 2021.

Crédito disponible: 5.864.244 euros.

Importe máximo subvencionable: 120.000 euros por entidad local solicitante.

Beneficiarios: Municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Notificaciones a las Entidades Locales: Se efectuarán de manera telemática a través del programa Notific@

Plazo de presentación: Desde el 17/04/2021 al 20/06/2021, siempre que no se agote la disponibilidad presupuestaria existente en las correspondientes partidas, en cuyo caso se informará debidamente en este sitio web.

Normativa

Consulta la normativa relativa a bases reguladoras, convocatoria, extracto, etc.

  • Orden de 18 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
  • Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Entidades Locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del Plan de Cooperación Municipal.
  • Extracto de la Resolución de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

Documentación a presentar

Toda la documentación a presentar se hará de manera exclusivamente telemática, a través de la Oficina Virtual de la Consejería.

  • Anexo I, a cumplimentar para la solicitud, suscrito por el representante legal de la Entidad Local, rellenando el correspondiente formulario en la aplicación informática. No es necesario acompañar documentación alguna, siempre que se opte por presentarla posteriormente junto al Anexo II.
  • Anexo II, a cumplimentar y presentar en el trámite de audiencia tras la notificación de la propuesta provisional de resolución, suscrito por el representante legal de la Entidad Local, acompañando la documentación señalada el apartado 14 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras, salvo que dicha documentación se haya presentado previamente junto al Anexo I.
  • Se recuerda que la documentación técnica a presentar (planos y fotografías) debe reunir los requisitos exigidos en el Cuadro Resumen, pues su incumplimiento podría ser motivo de denegación de la subvención.
  • Justificación: Deberá presentarse la documentación justificativa prevista en el apartado 25.e) del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras. En esta página web se dispondrá de los modelos de certificación a suscribir por la persona titular de la Secretaría o Secretaría Intervención de la Entidad local beneficiaria, según el modo de ejecución de la actuación.
  1. Para actuaciones que tengan prevista su finalización con fecha posterior a la presentación del Anexo II: en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de la ejecución de la actuación.
  2. Para actuaciones finalizadas antes de la presentación del Anexo II: el solicitante deberá remitir la documentación justificativa cuando le sea requerida por parte del órgano gestor.

Documentos asociados

Enlaces Relacionados

  • Las incidencias y dudas de cualquier tipo relacionadas con la gestión de esta línea de subvenciones serán enviadas al correo cooperacioneconomica.ctrjal@juntadeandalucia.es.
  • Las incidencias informáticas relacionadas con la presentación a través de la plataforma electrónica de cualquier formulario o documentación serán solucionadas por el Centro de Atención al Usuario (CAU) en el email: cau.cjalfp@juntadeandalucia.es
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