Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones

El Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones fue creado por la Ley 3/2005, de 8 de abril, y en él se inscriben las Declaraciones de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones presentadas por los altos cargos y otros cargos públicos de la Administración de la Junta de Andalucía y su contenido es público, pudiendo ser consultado por la ciudadanía sin necesidad de identificación alguna.

Consulta pública

Las Declaraciones estarán disponibles en Internet hasta transcurrido el plazo de dos años posterior al cese en el cargo, momento en el que se procederá a cancelar de oficio los datos personales en el Registro.

¿Quién tiene obligación de presentar la Declaración?

Además de las personas consideradas como Altos Cargos, tienen la obligación de presentarla las personas titulares de los siguientes cargos:

  • Consejero electivo sin exclusividad del Consejo Consultivo.
  • Presidencia del Consejo Económico y Social.
  • La persona titular de la Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción.

¿Cuándo hay que presentarla?

  • Cada vez que se produzca un nombramiento o cese.
  • Cuando se produzca una modificación de las circunstancias de hecho durante el ejercicio del cargo, entendiéndose como tal, cualquier variación que se produzca en alguno de los apartados de la Declaración, salvo en el relativo al saldo total de cuentas bancarias, que solo se declarará a fecha de nombramiento y cese, y en el referido a acciones y participaciones en capital, que deberá actualizarse a 31 de diciembre de cada año, en su caso.

Plazo de presentación

  • Dos meses desde la fecha de nombramiento o cese en el cargo.
  • Dos meses desde la fecha en que se produzca una modificación de circunstancias de hecho.
  • La actualización de valores mobiliarios a 31 de diciembre, en su caso, deberá presentarse también durante los dos primeros meses de cada año natural.

¿Dónde hay que presentarla?

Se deberá cumplimentar y presentar telemáticamente desde la web del Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos. Será necesario para ello disponer de certificado digital o DNI electrónico.

Copia de la Declaración anual del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio

Las mismas personas que están obligadas a presentar la Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones, han de presentar en el plazo de dos meses desde la fecha de la toma de posesión, cese o modificación de circunstancias de hecho y anualmente durante el mes siguiente al de finalización del plazo de su presentación ante la Administración Tributaria copia de las autoliquidaciones del IRPF y, en su caso, de la del Impuesto sobre el Patrimonio.

Con carácter opcional, podrán presentarse las autoliquidaciones tributarias del cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita, haciendo constar su consentimiento a efectos de la presentación así como de su publicación, en su caso.

De acuerdo con la Instrucción Conjunta 1/2017, de 20 de diciembre, de la Viceconsejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática y de la Secretaría General para la Administración Pública, para la aplicación del artículo 12 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatbilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA de 4/1/2018, página 74), para cada ejercicio tributario deberán remitir de modo telemático a la Inspección General de Servicios a través del Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones:

  • Copia de la declaración íntegra del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio en su caso, anonimizando los datos relativos a personas que no hayan prestado su consentimiento.
  • Declaración de los datos del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio en su caso, mediante la cumplimentación del formulario electrónico facilitado en la web del Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, para su posterior publicación por las Unidades de Transparencia de las Consejerías o de las Entidades Instrumentales en el Portal de la Junta de Andalucía.