La Junta aprueba la nueva denominación para el Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Granada

A partir de esta modificación pasará a denominarse Colegio Oficial de Trabajo Social de Granada y se adapta así a un uso no sexista del lenguaje
Andalucía, 30/06/2020

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el cambio de denominación para el Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Granada, que pasará a denominarse Colegio Oficial de Trabajo Social de Granada. La nueva denominación del Colegio deberá ser inscrita en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía. El cambio se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de su notificación a las personas interesadas.

El Colegio solicitó con fecha 16 de diciembre de 2019, el cambio de su denominación, habiéndose aprobado en su Asamblea General Extraordinaria de 4 de abril de 2019, siendo informado favorablemente por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales. De conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, se ha solicitado informe a los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén y Málaga y al Colegio Oficial de Trabajo Social de Sevilla, no manifestando ninguno de ellos oposición al cambio de denominación.

La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, establece en el artículo 12 que la denominación de los colegios profesionales responderá a la titulación académica oficial requerida para la incorporación a los mismos o a la profesión que representen, no pudiendo coincidir ni ser similar a la de otros colegios profesionales existentes en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, ni inducir a error en cuanto a los profesionales que los integran. Asimismo establece que el cambio de denominación se realizará a solicitud de la corporación interesada de acuerdo con lo que dispongan sus estatutos, requiriendo informe de los colegios afectados y, en su caso, del consejo andaluz de colegios respectivo, si estuviera creado.

La denominación propuesta responde a las titulaciones académicas oficiales existentes y tiene por objeto adaptarse a la regulación establecida en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Asimismo, se evita el error que puede plantearse con la denominación actual al hacer referencia a titulaciones que ya no se imparten y se da cabida a las nuevas titulaciones impartidas.

En cuanto que la ordenación de las nuevas enseñanzas universitarias tiene aplicación a todo el territorio nacional, queda acreditada que la modificación del nombre afecta a toda la organización colegial, de conformidad con lo señalado en el artículo 14 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, al haber quedado obsoleta la denominación “Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales”.

Por último, con el cambio de denominación de esta corporación profesional se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 bis.4 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, que dispone que colegios profesionales de Andalucía deberán adaptar su denominación a un uso no sexista del lenguaje.

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