Comisión Mixta de Cooperación y Coordinación entre la Consejería de Justicia e Interior y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

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La objetivo de la Comisión Mixta, desde el pleno respeto a las competencias propias de ambas partes, es conseguir un óptimo rendimiento en la utilización de los medios personales, materiales y económicos de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma. A este respecto le corresponde las siguientes funciones:

  • La formulación de iniciativas y propuestas para la mejor coordinación de los medios al servicio de la Administración de Justicia.
  • El análisis de los edificios judiciales y de los medios materiales al servicio de la Administración de Justicia, especialmente de los medios informáticos, en orden a formular propuestas de mejoras y de priorización de obras de reforma y mantenimiento.
  • La propuesta en la distribución de espacios en edificios judiciales, como consecuencia de nuevos usos o de la creación de unidades judiciales.
  • El estudio de las plantillas de funcionarios, a fin de participar en los programas de refuerzo de personal aprobados por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

La Comisión estará compuesta por una copresidencia y por ocho vocales, cuatro por cada una de las partes.

  • La copresidencia se ejercerá por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla y por la persona titular de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, de forma alternativa y durante periodos semestrales naturales y sucesivos. Los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de los representantes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, serán suplidos por la persona que deba sustituirlos.
  •  Vocalías:
    • Los cuatro vocales del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía serán designados por su Sala de Gobierno.
    • Los cuatro vocales de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local se corresponderán con los titulares de los órganos directivos centrales con competencias en materia de justicia.
  • Secretaría: Las funciones de secretaría de la Comisión la ejercerá un funcionario o funcionaria del Grupo A de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, correspondiendo su nombramiento a la persona titular de la Consejería, quien también designará a su suplente, con las atribuciones previstas en el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículo 95 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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