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... Preguntas frecuentes Solicitud y documentación ...

Solicitud y documentación a presentar

  • 5.- Datos familiares: ¿qué familiares debo hacer constar? 

    Debe hacer constar tanto la persona solicitante como todas las personas que convivan con dicha persona en el mismo domicilio.

    No obstante, para el cálculo de la renta y el patrimonio familiar a efectos de beca o ayuda al estudio, serán miembros computables los padres y, en su caso, el tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del menor, quienes tendrán la consideración de sustentadores principales de la familia. También serán miembros computables el solicitante, los hermanos/as solteros/as menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año inmediato anterior a aquél en el que comienza el curso escolar para el que se solicita, o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores.

    En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable aquél que no conviva con el solicitante de la beca. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable y sustentador principal, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.

    Asimismo tendrá la consideración de miembro computable la persona con ingresos propios que, a la referida fecha, conviva en el domicilio con el solicitante cuando no medie relación de parentesco y no se pueda justificar un alquiler de piso compartido.

  • 6.- ¿Qué tengo que hacer para solicitarla? 

    Para solicitar la beca Adriano podrás acceder al enlace 'Acceso a la solicitud en linea' habilitado a tal fin en el Portal web de Becas y Ayudas, cumplimentarla e imprimirla.

    IMPORTANTE: El proceso no finaliza de forma telemática por lo que la solicitud impresa y firmada, junto con la documentación que debe acompañar a la solicitud, en su caso, debe ser presentada, preferentemente, en el centro educativo.

  • 7.- ¿Cuál es el plazo de presentación? 

    Como regla general, el plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el día siguiente a la publicación en el BOJA de la convocatoria anual y tendrá una duración de un mes natural.

  • 8. ¿Qué documentación debe acompañar a la solicitud? 

    Como regla general, no es necesario acompañar documentos a la solicitud. No obstante, y de conformidad con el artículo 23.3 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se considera documentación estrictamente necesaria para resolver la convocatoria la siguiente:

    1. En el caso de que la solicitud de beca sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las administraciones tributarias no dispongan de datos, será la propia persona solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de la renta de su unidad familiar, denegándose la beca en caso contrario.
    2. Libro de familia o certificado de relación de afectividad análoga al matrimonio, en su caso.
    3. Certificado del grado de parentesco de los familiares a cargo de la persona solicitante.
    4. Certificado de empadronamiento colectivo o documentación acreditativa de la convivencia en el mismo domicilio de todos los miembros de la unidad familiar.
    5. Cualquier otro documento que acredite fehacientemente el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Orden.

    Para acreditar que ostenta los requisitos exigidos en estas bases reguladoras, la persona solicitante tendrá que presentar los documentos indicados en el apartado anterior, si procediese, pudiendo optar por:

    1. Aportarlos con la solicitud, en los términos previstos en la normativa reguladora.
    2. Limitarse a cumplimentar en la solicitud una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en estas bases reguladoras, con el compromiso de aportarlos en el trámite de audiencia, en los términos recogidos en la normativa reguladora.
  • 9.- Si me he equivocado en la cumplimentación del impreso, ¿cómo puedo subsanarlo? 

    En ese caso, debes volver a cumplimentar una nueva solicitud, desechando la incorrecta, y presentando la correcta en tu centro escolar. La solicitud válida es la que se presenta y queda registrada.

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