Los Consejos de Participación de los Espacios Naturales de Doñana, Sierra Nevada y de la Sierra de las Nieves son órganos colegiados creados específicamente para los espacios que integran los Parques Nacionales y Naturales Doñana, Sierra Nevada y de la Sierra de las Nieves, tras haberse traspasado a la Comunidad Autónoma de Andalucía las funciones y servicios referidos a la administración y gestión de los Parques Nacionales citados.
Se trata de órganos de carácter predominantemente consultivo y deliberante, de colaboración y coparticipación entre las Administraciones implicadas, donde se ha de hacer efectiva la coordinación interadministrativa exigida constitucionalmente y, además, servir a la necesaria intervención de los ciudadanos en la gestión de dichos espacios.
Estos Consejos de Participación asumen las funciones que correspondían a los Patronatos de los Parques Nacionales Doñana y Sierra Nevada y a las Juntas Rectoras de los Parques Naturales del mismo nombre y del Parque Natural Sierra de las Nieves.
- Ley 9/2021, de 1 de julio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves (BOE núm. 157, de 02/07/2021).
- Decreto 106/2024, de 4 de junio, por el que se declara el Espacio Natural de la Sierra de las Nieves y se crean y regulan sus órganos de gestión y participación (BOJA núm. 111, de 10/06/2024), corrección de errores (BOJA núm. 123, de 26/06/2024).
- Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales (BOE núm. 81, de 4/04/2007)
- Decreto 24/2007, de 30 de enero, por el que se declara el Espacio Natural de Sierra Nevada y se regulan los órganos de gestión y participación de los Espacios Naturales de Doñana y de Sierra Nevada (BOJA núm. 25, de 2/02/2007)
- Real Decreto 712/2006, de 9 de junio, por el que se amplían las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Conservación de la Naturaleza (Parques Nacionales de Doñana y Sierra Nevada) (BOE núm. 141, de 14/06/2006)
- Ley 3/1999, de 11 de enero, por la que se crea el Parque Nacional de Sierra Nevada (BOE núm. 11, de 13/01/1999)
- Ley 91/1978, de 28 de diciembre, de la Jefatura de Estado, por la que se establece el Régimen Jurídico Especial para el Parque Nacional de Doñana (BOJA núm. 11, de 12/01/1979)
- Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana, - corrección de errores- (BOE núm. 257, de 27/10/1969) (Decreto 3101/1973, de modificación del presente Decreto)
El Consejo de Participación de cada uno de los Espacios Naturales de Doñana, Sierra Nevada y de la Sierra de las Nieves, asume las siguientes funciones:
- Colaborar en el cumplimiento de los objetivos perseguidos por la declaración del Espacio Natural.
- Promover el conocimiento y la difusión de los valores del Espacio Natural.
- Fomentar, facilitar y canalizar en lo posible la participación y las iniciativas de los ciudadanos en la promoción y conservación del Espacio Natural.
- Velar por el cumplimiento de las normas que afecten al Espacio Natural y proponer todas aquellas actuaciones o disposiciones que se consideren necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos del mismo.
- Informar los planes que afecten a la ordenación y gestión de los recursos naturales del Espacio Natural y a la conservación de la flora, la fauna y sus hábitats y cualquier instrumento de planificación que afecte al ámbito del mismo, particularmente el plan de desarrollo sostenible, así como cualquier propuesta de revisión de los planes.
- Informar el plan anual de trabajo e inversiones del Espacio Natural, los planes sectoriales específicos y los programas de investigación científica.
- Informar todas aquellas actuaciones que puedan modificar la cantidad o calidad de las aguas subterráneas o superficiales aportadas al Espacio Natural.
- Proponer las posibles modificaciones de los límites de las figuras de protección que integran el Espacio Natural.
- Recabar y recibir información sobre las actuaciones y actividades que se desarrollen en el Espacio Natural relacionadas con su conservación y uso público.
- Aprobar la memoria anual de actividades y resultados elaborada por el equipo de gestión del Espacio Natural, proponiendo las medidas que considere necesarias para corregir disfunciones y mejorar la gestión.
- Informar los proyectos de obras y trabajos que se consideren necesarios realizar y no figuren en el plan rector de uso y gestión o en el plan anual de trabajos e inversiones.
- Informar el régimen de funcionamiento de las instalaciones y servicios del Espacio Natural, propuesto por el equipo de gestión.
- Informar sobre la propuesta de distribución de ayudas y subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Espacio Natural.
- Informar las propuestas de autorizaciones de actuaciones no contempladas en el plan de ordenación de recursos naturales o el plan rector de uso y gestión del Espacio Natural.
- Informar los convenios de colaboración que el equipo de gestión vaya a proponer a la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Aprobar su reglamento de régimen interno.
- Acordar la creación de comisiones o grupos de trabajo.
- Aquellas otras atribuidas legal o reglamentariamente al Patronato de los Parques Nacionales y a la Junta Rectora de los Parques Naturales.
La composición de los Consejos de Participación de los Espacios Naturales de Doñana y de Sierra Nevada es la que se refleja en el Anexo del Decreto 24/2007, de 30 de enero; y la composición del Consejo de Participación del Espacio Natural de la Sierra de las Nieves es la reflejada en el art. 11 del Decreto 106/2024, de 4 de junio. Aunque es parecida para los tres, no es exactamente igual al tener cada espacio peculiaridades específicas.