Residuos municipales y no municipales

| Media: 0.0 | Votos: 0

Los residuos municipales son aquellos cuya recogida, transporte y tratamiento corresponde a las entidades locales en la forma en que se establezca en sus respectivas ordenanzas y siempre en el marco jurídico establecido por la legislación vigente.
Se consideran residuos municipales:

  • Los residuos domésticos generados en los hogares.
  • Los residuos domésticos procedentes de actividades comerciales y del resto de actividades del sector servicios.
  • Los procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.
  • Los residuos domésticos procedentes de actividades industriales y los comerciales no peligrosos, cuando así se recoja expresamente en las ordenanzas municipales y en los términos en ellas indicados y sin perjuicio de que los productores de estos residuos puedan gestionarlos por sí mismos.

Los residuos no municipales son aquellos cuya gestión no compete a las administraciones locales y, por tanto, los responsables de asegurar que estos residuos reciben un tratamiento adecuado son los productores o sus poseedores iniciales.
Se consideran residuos no municipales:

  • Los comerciales, salvo los de naturaleza no peligrosa cuando los entes locales asuman las competencias de su gestión.
  • Los industriales.
  • Los agrícolas.
Ejemplos de residuos no municipales: Los neumáticos fuera de uso (NFU), excepto los de los ciudadanos que cambian las ruedas de sus vehículos, los residuos de construcción y demolición (RCD) generados en las obras mayores, los lodos residuales de depuración, los vehículos al final de su vida útil (VFVU), los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) no domésticos, así como los residuos sanitarios de los grupos III, IV y V (según se definen en el Reglamento de Residuos de Andalucía).