Acuerdo de 5 mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, para el impulso de la reactivación económica del sector de actividades de servicios por la crisis del COVID-19

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Con fecha 14 de mayo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 5 de mayo de 2020, por el que se tomaba conocimiento de las medidas y propuestas de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible para el impulso de la reactivación económica del sector de actividades de servicios a usuarios de playas en Andalucía afectados por la crisis del COVID-19.
Entre otros negocios, este sector incluye a chiringuitos, restaurantes, kioscos y entidades dedicadas al alquiler de hamacas o a iniciativas náutico-recreativas en el litoral.

En dicho acuerdo se recogían las actuaciones puestas en marcha durante el año 2020 por la Consejería, en el ámbito de sus competencias en gestión del litoral, para contribuir a la reactivación económica de las actividades de servicios a usuarios de playas afectados por la pandemia de COVID-19.

La declaración del estado de emergencia en España para evitar la propagación del coronavirus impidió que estas empresas pudieran desarrollar su actividad durante ese año, tanto por el cese de la actividad durante los primeros meses de la pandemia, como por la repercusión de la misma durante la recuperación del turismo.

Para aplicar el citado Acuerdo del Consejo de Gobierno del 14 de mayo de 2020 se adoptó la Instrucción 117/2020, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático respecto de las actuaciones a realizar para facilitar la reactivación económica de las actividades de servicios a usuarios de playas afectados por la pandemia, donde se definían las siguientes medidas:
    • MEDIDA O ACTUACIÓN 1: ofrecía la posibilidad de solicitar la prórroga o ampliación por un año de la vigencia de las concesiones de ocupación del dominio público marítimo terrestre de las empresas que prestan servicios a los ciudadanos en las playas de Andalucía. Esta extensión sólo era posible siempre que, al hacerse efectiva, no se excediera el tiempo máximo de concesión establecido en la normativa. A esta medida se acogieron 6 actividades durante 2020.
    • MEDIDA O ACTUACIÓN 2: permitía en la temporada del año 2020, de forma extraordinaria, el montaje de las instalaciones y el desarrollo de las actividades contempladas en planes de playas que se encontraran en tramitación por haber vencido en 2019, posibilitando volver a la actividad en las mismas condiciones aprobadas en los títulos de ese año (tipo de uso, superficie, ubicación, etc). En 2020 han sido 29 las actividades adheridas a esta actuación.
    • MEDIDA O ACTUACIÓN 3: posibilitaba solicitar autorizaciones extraordinarias, con una tramitación más ágil, que permitieran variar para la temporada del 2020 los periodos de explotación contenidos en los títulos otorgados. Fue solicitada por 8 actividades en el año en cuestión.
    • MEDIDA O ACTUACIÓN 4: otorgaba la opción de pedir autorizaciones extraordinarias, con una tramitación más ágil, que permitieran variar para la temporada del 2020 las superficies de ocupación contenidos en los títulos otorgados, siempre sin superar las superficies máximas contempladas en la normativa, ni el resto de limitaciones generales. Respecto a esta actuación, han sido 24 actividades las acogidas a la misma.
En total, 67 actividades de servicios de playa pudieron beneficiarse de este paquete de medidas extraordinarias, que pretendían paliar, en la medida de lo posible, los efectos de las restricciones derivadas de la emergencia sanitaria del COVID-19.
Este acuerdo actualmente no está vigente y no está prevista su reactivación salvo que por la evolución de la pandemia se estimara necesario.