Residuos domésticos

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¿Qué son los residuos domésticos?: son el flujo de residuos más abundante.  La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular los define como aquellos generados en los hogares particulares. Esta categoría también incluye:

  • Los residuos generados en comercios y servicios que, por su naturaleza o composición, son asimilables a los residuos de los hogares.
  • Los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas.
  • Los animales de compañía muertos (que no estén sujetos a la normativa SANDACH).
  • Los muebles, enseres, vehículos y otros residuos de origen doméstico que ya no se utilizan.

Gestión

La gestión de los residuos domésticos es una competencia obligatoria de las entidades locales, que deben garantizar la recogida, transporte y tratamiento adecuado de estos residuos. 

La regulación se centra en la responsabilidad municipal y en la obligación de introducir la recogida separada de nuevos flujos, especialmente los biorresiduos.

  • EuropeaDirectiva 2008/98/CE (Directiva Marco de Residuos): establece los principios de la jerarquía de residuos y obliga a los estados miembros a alcanzar objetivos de preparación para la reutilización y reciclado (meta del 55% en peso para 2025, 60% para 2030 y 65% para 2035).
  • Estatal: Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular:
    • Es la norma marco que define las obligaciones de las entidades locales y los plazos para la implementación de la recogida separada obligatoria de nuevos flujos.
    • Introduce la obligación de implantar la recogida separada de biorresiduos antes del 1 de julio de 2022 para municipios de más de 5.000 habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto. Por lo que en estos momentos ya es una obligación general.
    • Real Decreto 1055/2022 de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases Regula los envases domésticos, cuya gestión está coordinada con los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP).
  • Autonómica:  Decreto 73/2012 (Reglamento de Residuos de Andalucía):
    • Desarrolla las condiciones para la gestión de residuos por parte de las administraciones locales andaluzas y fomenta la planificación de gestión de residuos municipales.
    • Planes Autonómicos: el Plan Integral de Residuos para una Economía Circular en el Horizonte 2030 (PIRec 2030) establece las directrices y estrategias que los municipios andaluces deben seguir para alcanzar los objetivos de reciclaje.

Las obligaciones se reparten entre la administración local y los ciudadanos.

Entidades locales (ayuntamientos)

  • Recogida garantizada: prestar obligatoriamente el servicio de recogida, transporte y tratamiento de los residuos domésticos generados en su término municipal.
  • Recogida separada obligatoria: garantizar la recogida separada, como mínimo, de los siguientes flujos:
    • Papel, metales, plástico, vidrio.
    • Biorresiduos (materia orgánica).
    • Residuos textiles y residuos peligrosos de origen doméstico.
    • Aceites de cocina usados y residuos voluminosos.
  • Uso de tasa: el coste del servicio debe financiarse mediante una tasa o prestación patrimonial de carácter público no tributario específica, que debe ser suficiente para cubrir los costes de gestión.
  • Información y sensibilización: promover la prevención y facilitar información a la ciudadanía sobre cómo separar y dónde depositar correctamente los residuos.

Obligaciones de los Ciudadanos (poseedores/productores)

  • Separación en origen: están obligados a separar los residuos en los diferentes flujos (envases ligeros, papel/cartón, vidrio, materia orgánica, resto) y depositarlos en los contenedores o sistemas de recogida habilitados por el municipio.
  • Uso adecuado del servicio: utilizar los contenedores y los servicios de recogida (horarios y puntos limpios) conforme a lo establecido en las ordenanzas municipales.
  • Pre-tratamiento (biorresiduos): en caso de optar por el compostaje doméstico o comunitario (si el municipio lo permite), deben cumplir con las condiciones y controles establecidos.
  • Entrega a puntos habilitados: los residuos que, por su tamaño o peligrosidad (ej. muebles, pilas, aceites usados), no puedan depositarse en los contenedores de calle, deben entregarse en los puntos limpios o sistemas de recogida específicos.