La Directiva Marco del Agua define las «aguas superficiales» como las aguas continentales, excepto las aguas subterráneas; las aguas de transición y las aguas costeras, y, en lo que se refiere al estado químico, también las aguas territoriales. Y las “masa de agua superficial” como una parte diferenciada y significativa de agua superficial, como un lago, un embalse, una corriente, un río o canal, parte de una corriente, río o canal, unas aguas de transición o un tramo de aguas costeras.

En cada Demarcación Hidrográfica, las masas de agua superficial se clasifican en la categoría de ríos, lagos, aguas de transición o aguas costeras. Y de acuerdo con su naturaleza, se clasifican como naturales, artificiales o muy modificadas. Las aguas modificadas son aquellas aguas superficiales, que como consecuencia de alteraciones físicas producidas por la actividad humana, han experimentado un cambio sustancial en su naturaleza; y las aguas artificiales se define como aquella masa de agua superficial creada por la actividad humana.

En las Demarcaciones Intracomunitarias se identifican 342 masas de agua superficial, de las cuales 238 son de la categoría río, 33 de la categoría lago, 28 son masas de agua de transición y 43 masas de aguas costeras. Asimismo, las 382 masas de agua superficial identificadas se dividen en 342 naturales, 87 muy modificadas y 7 artificiales.
Resumen de las masas de agua Naturales Muy modificadas Artificiales Total
Ríos 191 46 1 238
Lagos 20 7 6 33
Aguas de transición 8 20 0 28
Aguas costeras 29 14 0 43
Total 248 87 7 342