IMA 2012. Informe de Medio Ambiente en Andalucía - page 220

Calidad del aire en Andalucía para la
protección de la salud (partículas y ozono)
La contaminación por partículas y ozono representa uno
de los principales problemas de la contaminación de fondo
en distintos contextos territoriales, al afectar a la salud de
la población.
A partir de los indicadores ambientales incluidos en este
epígrafe se puede evaluar, de forma general y global,
la contaminación de fondo existente en Andalucía para
partículas inferiores a diez micras (PM
10
) y ozono (O
3
),
y la exposición de la población a dichos contaminantes.
Para valorar la exposición de la población a PM
10
, se define
un indicador para Andalucía calculado a partir de la media
ponderada con la población de un valor de referencia,
escogido en cada zona de evaluación, seleccionando el
peor valor de media anual de PM
10
que se ha registrado
en las estaciones urbanas y suburbanas de fondo
(estaciones alejadas de las principales vías de tráfico y
fuentes industriales) de dicha zona. Dichas estaciones
son las más representativas para evaluar la calidad del
aire que respira la población.
El valor de este indicador en Andalucía es de 28 µg/m
3
,
valor que se encuentra por debajo del legislado en materia
de calidad del aire (40 µg/m
3
).
Además, si se comparan los valores de concentración media
anual de PM
10
que se han considerado para las zonas de
evaluación (el peor de los valores entre todos los registrados
en sus estaciones urbanas y suburbanas de fondo), se
comprueba que todos están por debajo del valor límite
anual establecido para la protección de la salud.
El valor objetivo para la protección de la salud humana
establecido para el ozono en la legislación, es de 120 µg/m
3
(60 ppb), que no deberá superarse más de 25 días por cada
año civil de promedio, en un período de 3 años. No
obstante, para evaluar la exposición de la población al
ozono se definió el Índice de concentración media anual
de O
3
(SOMO35), parámetro basado en un umbral máximo
de concentración de ozono que, desarrollado por la
Organización Mundial de la Salud (OMS), se emplea para
evaluar el daño a la salud de la exposición al ozono,
de forma global y continuada en el tiempo.
El SOMO35 se obtiene a partir de la suma anual de las
concentraciones máximas octohorarias en un día, que
se encuentran por encima de un umbral, fijado en 70
microgramos de ozono por m
3
(35 ppb). A partir de los
valores del SOMO35, se ha obtenido un indicador para
Andalucía que muestra la suma anual ponderada en
función de la población. Para su cálculo, y al igual que
se hiciera para PM
10
, se ha tenido en cuenta, como valor
de SOMO35 de cada zona de evaluación, el peor valor
de SOMO35 registrado en las estaciones consideradas
(urbanas y suburbanas de fondo).
Sevilla y Área
Metropolitana
Bahía de Cádiz
Núcleos de 50.000 a
250.000 habitantes
Málaga y
Costa del Sol
Granada y Área
Metropolitana
Córdoba
Zona industrial
Bahía de Algeciras
10
0
40
µg/m
3
30
20
Fuente:
Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.
Red de Información Ambiental de Andalucía, 2013.
10
Media ponderada con la población de la concentración
media anual de PM
10
en 2012 en Andalucía:
28 µg/m
3
Recomendación de la Organización Mundial de la Salud.
Valor límite anual (20 µg/m
3
)
Valor limite anual desde 2005 (40 µg/m
3
)
Concentración media anual PM
10
Informe de Medio Ambiente en Andalucía
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