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La preservación del firmamento andaluz
La normativa autonómica, en relación con la contaminación lumínica, recogida
en la Ley de gestión integrada de la calidad ambiental (GICA), establece la
obligación de zonificar el territorio según los usos de los espacios y la necesidad
de protección de los mismos, asociándose muchas de las restricciones a la zona
lumínica en que se encuentre la instalación de alumbrado.
Las competencias para la ejecución de dicha zonificación se encuentran
distribuidas entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
(zonas E1 de máxima protección) y las Administraciones locales (resto de zonas E2,
E3 y E4).
Consciente de la escasez de recursos técnicos y humanos, la Consejería de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha venido ofreciendo apoyo técnico
a los ayuntamientos andaluces para la realización de sus correspondientes
zonificaciones.
La zonificación lumínica de Andalucía
Las iniciativas descritas hasta ahora, unidas a muchas otras llevadas a cabo en los últimos años, han dado
lugar a que Andalucía se encuentre posicionada como un referente internacional en la preservación del cielo
nocturno. En gran medida, esto ha sido posible gracias a la implicación y coordinación de administraciones
de distintos ámbitos territoriales y competenciales.
Claro ejemplo de esta coordinación son las actuaciones llevadas a cabo en relación a la zonificación
lumínica.
El principal impulso lo ha generado la estrecha colaboración establecida con las Diputaciones provinciales,
ya sea mediante la firma de Convenios de Colaboración u ofreciendo asesoramiento a los equipos técnicos.
De este modo, se ha logrado que más del 60% de los municipios de Andalucía cuenten con propuesta de
zonificación lumínica en el plazo establecido por la normativa.