Parque Nacional de Doñana

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Provincias de Huelva y Sevilla

Doñana, Parque Nacional
Ampliar imagen: Vista aerea del Parque Nacional Doñana

Parque Nacional Doñana. Autor: Héctor Garrido

El Parque Nacional de Doñana, declarado en 1969, es uno de los espacios protegidos más importantes del territorio andaluz y la mayor reserva ecológica de Europa. Con 54.251 hectáreas de extensión, está situado en el suroeste de la comunidad autónoma, en las provincias de Huelva y Sevilla.

Los ecosistemas acuáticos y terrestres le confieren unas características específicas para albergar una biodiversidad única, destacando algunas especies tan emblemáticas como el lince ibérico y el águila imperial, ambas en peligro de extinción. La marisma es lugar de paso, cría e invernada para miles de aves europeas y africanas, lo que la convierte en un ecosistema de altísimo valor ecológico.

En 1994, tras la evaluación del estado y proyección a futuros del Parque Nacional de Doñana, UNESCO procede a inscribirlo en la lista de Patrimonio Mundial; y meses después, en 1995, el Consejo de Europa le reconoce tal riqueza que le concede el Diploma Europeo para Áreas Protegidas, dada la conservación, planificación y gestión integrada de sus recursos naturales. 

Doñana es, a su vez, Zona Especial de Conservación (ZEC ES0000024) desde 2012, asi como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA ES0000024) y, en consecuencia, espacio protegido Red Natura 2000. También recaen sobre este territorio las figuras de Reserva de la Biosfera (1980) y Sitio Ramsar (1982). Colinda con el Parque Natural Doñana, formando, desde el año 2007, la figura de gestión Espacio Natural de Doñana. Además, está adherido a la Carta Europea de Turismo Sostenible (CETS).

El Parque Nacional de Doñana está integrado en la Red de Parques Nacionales y, desde el 1 de julio de 2006, su gestión corresponde en exclusiva a la comunidad autónoma de Andalucía.

Por último, está incluido en la Lista Verde de Áreas Protegidas y Conservadas de la UICN, junto con Sierra Nevada, siendo los dos únicos españoles que forman parte de este estándar que busca ser sinónimo de éxito en la gestión de estos espacios.

El artículo 13 de la Ley 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana, recoge que son funciones del Equipo de Gestión la elaboración de la Memoria Anual de Actividades y Resultados y someterla a la aprobación del Consejo de Participación para su conocimiento e informe.

Mediante los siguientes documentos se da respuesta a este mandato, mostrando la información básica, actividades y resultados de la gestión del espacio natural: