Eje conceptual. Qué es discriminatorio y qué no...
Qué es discriminatorio y que no… una distinción básica
¿QUÉ ES DISCRIMINATORIO?
Lo que realmente es discriminatorio, y está prohibido por nuestro ordenamiento jurídico, son aquellas diferencias de trato que se basan en distinciones de carácter arbitrario.
¿QUÉ NO ES DISCRIMINATORIO?
Las diferencias de trato se permiten y están avaladas por nuestras normas cuando las situaciones de partida son desiguales y puede preverse un agravamiento de estas desigualdades si no se interviene para compensarlas.
“Las medidas especiales de carácter temporal, también conocidas como políticas de acción positiva o afirmativa son una variedad de intervenciones «temporales», que no tienen por qué ser «de corto plazo», (…) abarcan diferentes etapas y aspectos de la relación de empleo, y pueden vincularse a la contratación, la formación, la promoción o los contingentes (…) Cualesquiera sean estas variantes, todas las medidas de acción afirmativa estriban en el reconocimiento de que el mero hecho de poner coto a la discriminación no basta de por sí para nivelar completamente las condiciones de igualdad”.
[Informe global de seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, 2007.]
La distinción está en la finalidad: Hacer efectivo el principio de igualdad de género
Las Acciones positivas son medidas igualatorias, no deben interpretarse como VENTAJAS, sino medios para hacer efectivo el principio de igualdad entre mujeres y hombres acordes con una de las principales finalidades del estado de derecho: garantizar la igualdad efectiva entre las ciudadanas y los ciudadanos.
EJERCICIO
Para finalizar este primer eje conceptual, a continuación te proponemos un ejercicio que te ayudará a establecer la diferencia entre prácticas y procedimientos discriminatorios de otros que sirven para hacer efectivo el principio de igualdad.
- ¿Sí o No?